Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 29-01-2026
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Pesca marítima. (BOE-A-2026-2129)
Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la que se realiza el reparto individual de la cuota inicial de la anchoa (stock ANE/9SX3411) a los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz para 2026.
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Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la que se realiza el reparto individual de la cuota inicial de la anchoa (stock ANE/9SX3411) a los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz para 2026.Núm. 26
Jueves 29 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 14250
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
2129
Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por
la que se realiza el reparto individual de la cuota inicial de la anchoa (stock
ANE/9SX3411) a los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz para
2026.
Antecedentes y fundamentos de Derecho
Punto
Latitud
Longitud
1
36° 00’ 00’’ N
11° 00’ 00’’ O
2
37° 01’ 20’’ N
8° 59’ 47’’ O
De este TAC, a España le corresponde una cuota de 10.938 toneladas que,
conforme a las áreas de distribución de los caladeros nacionales, solo puede ser
capturada por la flota de cerco del Golfo de Cádiz.
Los buques del censo de cerco en el Golfo de Cádiz deben cumplir la veda temporal
desde el 1 de diciembre hasta el 31 de enero del año siguiente, conforme a lo indicado
en el punto 7 del anexo II de la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto por la que se
establece un Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del
Golfo de Cádiz.
Por tanto, esta flota puede pescar la cuota del stock ANE/9SX3411 de 10.938
toneladas entre el 1 de febrero y el 30 de noviembre de 2026, dentro de la zona de
distribución delimitada para este stock, siempre que no se haya agotado la cuota y
permanezca abierta la pesquería.
Conforme a lo indicado en el artículo 2.3.b) de la citada Orden AAA/1406/2016, de 18
de agosto, se indican en el anexo I de esta resolución aquellos barcos que se
encuentren en situaciones censales tales como baja provisional, baja definitiva pero
aportados en expedientes de nueva construcción y a la espera de concluirlos u otras
situaciones similares, así como sus posibilidades de pesca en porcentaje y la asignación
de la cuota inicial para la campaña 2026. Una vez se haya realizado el cierre definitivo
cve: BOE-A-2026-2129
Verificable en https://www.boe.es
En las últimas campañas, el periodo de explotación del Total Admisible de Capturas
(TAC) de la anchoa (Engraulis encrasicolus) que se captura en la zona 9a del Consejo
Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) (ANE/9/3411) conocida como boquerón,
iba desde el 1 de julio del año en curso hasta el 30 de junio del año siguiente.
Este stock ANE/9/3411 comprendía los caladeros nacionales del Golfo de Cádiz y
Cantábrico y Noroeste, pudiendo capturarse por las flotas de cerco de ambos caladeros.
Sin embargo, en el Reglamento (UE) 2025/202 Del Consejo de 30 de enero de 2025 por
el que se fijan para 2025 y 2026 las posibilidades de pesca para determinadas
poblaciones de peces aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques
pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, y por el
que se modifica el Reglamento (UE) 2024/257 en lo que respecta a las posibilidades de
pesca para 2025, se distinguió, por primera vez, entre el stock ANE/9SX3411 (para la
componente sur) y el stock ANE/9WX10 (para la componente oeste).
Tras Acuerdo del Consejo de Ministros de Pesca de la Unión Europea celebrado los
pasados 11 y 12 de diciembre, el Total Admisible de Capturas (TAC) para la anchoa
stock ANE/9SX3411 es de 11.276 toneladas, que puede pescarse durante toda la
campaña 2026 al sur de la línea que une los puntos con las coordenadas siguientes en
la subárea 9 y en las aguas de la Unión del CECAF 34.1.1:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 29-01-2026
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