Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 03-02-2026
Ministerio Del Interior. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-2523)
Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Poble Nou de Benitatxell, en materia de seguridad.
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Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Poble Nou de Benitatxell, en materia de seguridad.Núm. 30
Martes 3 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 17183
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
2523
Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el
Ayuntamiento de Poble Nou de Benitatxell, en materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 23 de enero de 2026 el Convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Poble
Nou de Benitatxell (Alicante) en materia de seguridad, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 27 de enero de 2026.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la
Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Poble Nou de Benitatxell (Alicante) en materia
de seguridad
En Madrid a 23 de enero de 2026.
REUNIDOS
De una parte, doña Ana María Calvo Sastre, Secretaria de Estado de Seguridad,
cargo para el que fue nombrada por el Real Decreto 435/2025, de 3 de junio, en uso de
las atribuciones que le confiere el artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra parte, don Miguel Ángel García Buigues, Alcalde del Ayuntamiento del
Poble Nou de Benitatxell (Alicante), en adelante, el Ayuntamiento, cargo que ostenta por
Acuerdo del Pleno de fecha 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación
del mismo en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los
efectos del presente convenio en Calle Mayor, 5, 03726, del Poble Nou de Benitatxell
(Alicante).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, la
Secretaría de Estado de Seguridad.
Por otro lado, a la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad, según el
artículo 2.1 del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla su
cve: BOE-A-2026-2523
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
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