Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 05-02-2026

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Boletín Oficial del Estado
05/02/2026

Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. . III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2026-2721)

Resolución de 23 de enero de 2026, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece provisionalmente la retribución de las empresas distribuidoras de energía eléctrica para el ejercicio 2026.

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Resolución de 23 de enero de 2026, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece provisionalmente la retribución de las empresas distribuidoras de energía eléctrica para el ejercicio 2026.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Jueves 5 de febrero de 2026

Sec. III. Pág. 19242

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
Resolución de 23 de enero de 2026, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, por la que se establece provisionalmente la
retribución de las empresas distribuidoras de energía eléctrica para el
ejercicio 2026.

El artículo 7.1.g) de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, en la redacción dada por el Real Decretoley 1/2019, de 11 de enero, de medidas urgentes para adecuar las competencias de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del
derecho comunitario en relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para
el mercado interior de la electricidad y del gas natural, dispone que es función de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia establecer mediante circular la
metodología, los parámetros y la base de activos para la retribución de las instalaciones
de distribución de energía eléctrica conforme las orientaciones de política energética. En
ejercicio de esta competencia se aprobó la Circular 6/2019, de 5 de diciembre, por la que
se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de
distribución de energía eléctrica, aplicable a las retribuciones de los ejercicios 2020
a 2025.
Posteriormente, el 30 de diciembre de 2025 se ha publicado la Circular 8/2025, de 22
de diciembre, por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de
la actividad de distribución de energía eléctrica a partir del ejercicio 2026.
Según el artículo 7.1 bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio, corresponde a la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia aprobar mediante resolución la cuantía de la
retribución de la actividad de distribución de electricidad. Asimismo, el artículo 5.1 de la
citada Circular 8/2025, de 22 de diciembre, recoge que la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, previo trámite de audiencia, establecerá por años naturales,
mediante resolución, la retribución reconocida a cada distribuidora por la actividad de
distribución.
Al respecto, cabe señalar que el 6 de noviembre de 2025, se aprobó la Resolución
de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la
retribución de las empresas titulares de instalaciones de distribución de energía eléctrica
para el año 2022. En dicha resolución se establece que se ajustarán provisionalmente
con la retribución del 2022, sin considerar los incentivos, las liquidaciones de las
anualidades del 2023, 2024 y 2025, que carecen aún de retribución definitiva.
Procede, por tanto, establecer provisionalmente la retribución correspondiente
a 2026, que se aplicará, a los efectos de las liquidaciones de dicho ejercicio, hasta el
momento en que surta efectos la resolución retributiva de las empresas distribuidoras de
energía eléctrica para dicho año, conforme a la Circular 8/2025, de 22 de diciembre,
antes mencionada, sin perjuicio de las previsiones sobre ajuste de liquidaciones que
pueda establecer finalmente la resolución que apruebe la retribución de la actividad de
distribución de energía eléctrica para el ejercicio 2023 o posteriores.
Por todo lo anterior, de acuerdo con la función asignada en el artículo 7.1.g) y el
artículo 7.1bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de

cve: BOE-A-2026-2721
Verificable en https://www.boe.es

2721

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