Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-02-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-2787)
Resolución de 13 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Eivissa n.º 2 en la que se suspende la asignación de número de registro de alquiler de corta duración a una finca.
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Resolución de 13 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Eivissa n.º 2 en la que se suspende la asignación de número de registro de alquiler de corta duración a una finca.Núm. 33
Viernes 6 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 19398
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2787
Resolución de 13 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad de Eivissa n.º 2 en la que se suspende la
asignación de número de registro de alquiler de corta duración a una finca.
En el recurso interpuesto por doña V. C. A. contra la calificación del registrador de la
Propiedad de Eivissa número 2, don Miguel Peña Romero, en la que se suspendía la
asignación de número de registro de alquiler de corta duración a una finca.
Hechos
I
Mediante instancia presentada por la entidad «Tur y Serra Consultoría, SL», en
nombre y representación de doña V. C. A., se solicitó la asignación de número de
registro de alquiler de corta duración a la finca registral a la que le corresponde el código
registral único número 07010000622334.
A dicha instancia se acompañó copia de la notificación del Departamento de Turismo
del Consell d’Eivissa del que resultaba la resolución de la inscripción en el Registro
Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de la Isla de Eivissa de
una vivienda situada «a la ctra. (…), al polígon 22, secció 2, 10886, del TM de Sant
Josep».
II
«Documento: Solicitud de asignación de número de Registro de Alquiler de Corta
Duración, de fecha 23/06/2025, por parte de V. C. A., que ha motivado el asiento
número 2456 del Diario 2025.
Tras la correspondiente calificación, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19
bis y 322 y siguientes de la Ley Hipotecaria, tras su reforma, Ley 24/2001 de 27 de
diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, y de conformidad con
lo previsto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, se
le comunica que, a los efectos de extender la nota marginal en el folio de la unidad,
conforme dispone el art. 10 del RD 1312/2024, de 23 de diciembre, se ha suspendido la
asignación del número único de alquiler por el siguiente defecto que se estima
subsanable:
– Es preciso la previa declaración de la obra nueva de la vivienda sobre la que se
solicita el Número de Registro de Alquiler, conforme al artículo 20 de la L.H., debiendo
describirse y justificarse dicha obra en los términos exigidos en los arts. 45 y ss. del
RD 1093/1997 de 4 de julio, y art. 202 L.H.
Se hace constar que, dichos defectos deberán subsanarse dentro de los siete (7)
días hábiles siguientes a la notificación de la resolución, quedando suspendida la validez
del número de registro afectado y la práctica de la nota marginal.
cve: BOE-A-2026-2787
Verificable en https://www.boe.es
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Eivissa
número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 06-02-2026
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