Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 09-02-2026
Ministerio de Defensa. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-2956)
Resolución 4B0/38032/2026, de 21 de enero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se modifican los conciertos suscritos con entidades de seguro para la asistencia sanitaria de titulares y beneficiarios durante los años 2025 y 2026.
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Resolución 4B0/38032/2026, de 21 de enero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se modifican los conciertos suscritos con entidades de seguro para la asistencia sanitaria de titulares y beneficiarios durante los años 2025 y 2026.Núm. 35
Lunes 9 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 20391
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DEFENSA
2956
Resolución 4B0/38032/2026, de 21 de enero, del Instituto Social de las
Fuerzas Armadas, por la que se modifican los conciertos suscritos con
entidades de seguro para la asistencia sanitaria de titulares y beneficiarios
durante los años 2025 y 2026.
Primero.
Modificar el párrafo segundo de la Clausula 2.8.3.A).a) del Concierto suscrito entre el
Instituto Social de las Fuerzas Armadas y las Entidades de Seguro concertadas para los
años 2025 y 2026, quedando redactado de la siguiente forma:
«En el caso de tratamientos con Hormona de Crecimiento, se garantizará el
suministro durante el periodo y conforme a la pauta del tratamiento para el que su
hubiera estimado la correspondiente prestación por el delegado del ISFAS, previo
cve: BOE-A-2026-2956
Verificable en https://www.boe.es
Conforme a lo dispuesto en los artículos 14 del texto refundido de la Ley sobre
Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2000, de 9 de junio, y 61 de su Reglamento General, aprobado por Real
Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, el ISFAS mantiene un régimen de colaboración
concertada con la Sanidad Militar, regulado en la Orden Ministerial 52/2004, de 18 de
marzo, habiendo suscrito un Convenio con el Instituto Nacional de la Seguridad Social,
para que los afiliados y demás beneficiarios del Régimen Especial de la Seguridad Social
de las Fuerzas Armadas puedan optar por adscribirse a la modalidad de asistencia
sanitaria por los servicios de la Sanidad Militar, con las salvedades establecidas en
aludida Orden Ministerial, o bien a través la Red Sanitaria de la Seguridad Social, con
arreglo a las condiciones vigentes para el Régimen General.
La citada normativa prevé también la posibilidad de celebrar conciertos, con la misma
finalidad, con otras entidades públicas o privadas.
Con fecha 19 de febrero de 2025 el ISFAS suscribió Concierto con diversas
Entidades de Seguro, para la asistencia sanitaria de titulares y beneficiarios durante los
años 2025 y 2026.
Dentro de la asistencia sanitaria de titulares y beneficiarios, está la prestación
farmacéutica, destacando los tratamientos ambulatorios de medicamentos calificados de
Uso Hospitalario que son a cargo de las Entidades de Seguro y cuya dispensación se
realiza a través de los servicios de Farmacia Hospitalaria, conforme a lo establecido en
el Texto Refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los medicamentos y
productos sanitarios, cualesquiera que sean sus indicaciones y/o condiciones de
utilización, según lo establecido en el Real Decreto 1015/2009, de 19 de junio, por el que
se regula la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales.
En el caso de tratamientos con Hormona de Crecimiento, en la cláusula 2.8.3 A) del
Concierto suscrito con Entidades de Seguro, establece que se garantizará el suministro
durante el periodo y conforme a la pauta del tratamiento para el que se hubiera estimado
la correspondiente prestación por el delegado del ISFAS, previo Acuerdo favorable del
Comité Asesor de la Hormona de Crecimiento y Sustancias Relacionadas del Ministerio
de Sanidad.
Con fecha 19 de noviembre de 2025 se procedió a inscribir en el REOICO el acuerdo
de Resolución del Convenio entre el Ministerio de Sanidad y el Instituto Social de las
Fuerzas Armadas, para la realización de funciones por el Comité asesor de la hormona
de crecimiento y sustancias relacionadas.
Por todo ello se resuelve:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 09-02-2026
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