Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 11-02-2026
Ministerio de Hacienda. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-3193)
Resolución de 4 de febrero de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Valencia.
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Resolución de 4 de febrero de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Valencia.Núm. 37
Miércoles 11 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 22024
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
3193
Resolución de 4 de febrero de 2026, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Agentes de la
Propiedad Inmobiliaria de Valencia.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Valencia, un Convenio de colaboración en
materia de Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 4 de febrero de 2026.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria
de Valencia, de colaboración en materia de Gestión Catastral
En Madrid y Valencia, a 3 de febrero de 2026.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don Alfredo Antonio Cano Boluda, Presidente del Colegio Oficial de
Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Valencia, habiendo sido proclamado electo en
fecha 22 de julio de 2022, cuya representación ostenta al amparo del artículo 30 de sus
Estatutos, cuya adaptación a la Ley autonómica de Colegios y Consejos Profesionales
se inscribió por Resolución de 16 de diciembre de 2002, de la Secretaría General de la
Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalitat Valenciana (DOGV
de 27 de enero de 2003).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2026-3193
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 11-02-2026
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