Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 14-02-2026
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-3460)
Resolución de 3 de febrero de 2026, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con el Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III, para la evaluación de la actividad investigadora del personal docente e investigador contratado.
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Resolución de 3 de febrero de 2026, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con el Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III, para la evaluación de la actividad investigadora del personal docente e investigador contratado.Núm. 40
Sábado 14 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 23798
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
3460
Resolución de 3 de febrero de 2026, de la Agencia Nacional de Evaluación
de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con el Centro
Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III, para la evaluación
de la actividad investigadora del personal docente e investigador contratado.
La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación y el Centro Nacional
de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III (F.S.P.) han suscrito, con fecha 3
de febrero de 2026, un convenio para la evaluación de la actividad investigadora del
personal docente e investigador contratado, por lo que, conforme a lo previsto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
se dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a la presente
resolución.
Madrid, 3 de febrero de 2026.–La Directora de la Agencia Nacional de Evaluación de
la Calidad y Acreditación, Pilar Paneque Salgado.
ANEXO
Convenio entre el Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la
Calidad y Acreditación y el Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares
Carlos III (F.S.P.), para la evaluación de la actividad investigadora del personal
docente e investigador contratado
REUNIDOS
EXPONEN
1. ANECA, a través de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad
Investigadora (en adelante, CNEAI), de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo
Autónomo ANECA, realiza, mediante convocatorias de carácter anual de la Secretaria
General de Universidades, la evaluación de la actividad investigadora de los funcionarios
de carrera e interinos de los cuerpos docentes universitarios de universidades públicas
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.4.2 del Real Decreto 1086/1989, de 28
cve: BOE-A-2026-3460
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, doña Pilar Paneque Salgado en nombre y representación de la
Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (en adelante, ANECA),
organismo autónomo adscrito al Ministerio de Universidades, según el Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
NIF S2801299E. Interviene en calidad de Directora, nombrada por el Consejo Rector
de ANECA (Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Presidencia del Consejo Rector,
por la que se publica el nombramiento), y actuando en virtud de las funciones que le
atribuye el artículo 16 del Estatuto del Organismo Autónomo ANECA, aprobado por el
Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre.
De otra parte, don Alberto Sanz Belmar, Director Gerente del Centro Nacional de
Investigaciones Cardiovasculares Carlos III (F.S.P.), en adelante, CNIC, actuando en
nombre y representación del CNIC, NIF G82316753, con sede en calle Melchor
Fernández Almagro, 3, 28029, conforme a las atribuciones que le confiere según el
poder otorgado en Madrid el 14 de diciembre de 2012, ante el Notario don Joaquín Corell
Corell (número de protocolo 4193).
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