Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 17-02-2026
Ministerio de Hacienda. . III. Otras disposiciones. Zonas de inspección de los servicios. (BOE-A-2026-3708)
Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se asignan zonas de inspección de los servicios en la Inspección General.
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Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se asignan zonas de inspección de los servicios en la Inspección General.Núm. 42
Martes 17 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 24857
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
3708
Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se
asignan zonas de inspección de los servicios en la Inspección General.
El Ministerio de Hacienda cuenta con una red territorial propia, con una capilaridad
que se extiende al conjunto del territorio nacional, estando constituida por las 52
Delegaciones de Economía y Hacienda (17 Delegaciones especiales en las capitales de
Comunidad Autónoma y 35 Delegaciones provinciales en cada capital de provincia),
además de 4 Sedes Locales en Vigo, Gijón, Cartagena y Jerez y dos unidades insulares
en Mahón e Ibiza.
La actual configuración territorial del Ministerio de Hacienda nace el 1 de enero
de 1992, tratándose de una Administración territorial consolidada y asentada que permite
garantizar el ejercicio de aquellas funciones inescindibles del territorio, entre las que
cabe destacar las siguientes:
Por su propia naturaleza y vinculación al territorio, el desarrollo de dichas funciones a
través de los servicios territoriales no sólo es una necesidad sino que, adicionalmente, su
prestación descentralizada genera un valor añadido por la proximidad y el conocimiento
adquirido hacia los principales destinatarios de los servicios prestados, la ciudadanía y el
resto de Administraciones públicas, lo que en último término otorga al Ministerio de
Hacienda un papel muy relevante en la presencia de la Administración General del
Estado en el territorio para desplegar aquellas políticas públicas que le competen, en
particular, las de carácter económico o financiero.
Por su parte, a la Inspección General del Ministerio de Hacienda corresponde la
supervisión y la asistencia a las unidades territoriales del departamento, constituyéndose
en la referencia fundamental para el desarrollo de modelos y herramientas orientados a
evaluar la eficacia, la eficiencia y la calidad en la prestación de los servicios.
De esta manera, se ha de consolidar un modelo de gestión que está llamado a
multiplicar sus efectos en el marco de la proyección estratégica de la Inspección
General, que suma, a sus tradicionales tareas, una decidida orientación hacia la
propuesta, coordinación, asistencia e impulso de iniciativas destinadas a la mejora de los
servicios.
A fin de ejercer las funciones anteriores el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda,
adscribe, en su artículo 12, la Inspección General a la Subsecretaría de Hacienda, y en
el artículo 15.1.a) le atribuye, entre otras, las funciones de inspección de los servicios
territoriales.
Por otra parte, la Orden HFP/1500/2021 del Ministerio de Hacienda y Función
Pública de 29 de diciembre de 2021, delega las competencias para la organización y
adscripción de los inspectores de los servicios a las zonas, que ostenta la Subsecretaria
de Hacienda, en la persona titular de la Inspección General.
cve: BOE-A-2026-3708
Verificable en https://www.boe.es
– La representación general de las personas titulares de los Ministerios de Hacienda
y de Economía, Comercio y Empresa.
– La atención a la ciudadanía en el territorio, en las materias propias del
departamento, así como en aquellas otras que le correspondan.
– Las relaciones con las restantes Administraciones públicas territoriales u otros
órganos de la Administración del Estado, en especial, con las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 17-02-2026
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