Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 19-02-2026
Ministerio de Hacienda. . I. Disposiciones generales. Corporaciones locales. Información tributaria. (BOE-A-2026-3814)
Resolución de 11 de febrero de 2026, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se desarrolla la información a suministrar por las Corporaciones Locales relativa al esfuerzo fiscal de 2024 y su comprobación en las Delegaciones de Economía y Hacienda.
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Resolución de 11 de febrero de 2026, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se desarrolla la información a suministrar por las Corporaciones Locales relativa al esfuerzo fiscal de 2024 y su comprobación en las Delegaciones de Economía y Hacienda.Núm. 44
Jueves 19 de febrero de 2026
Sec. I. Pág. 25603
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA
3814
Resolución de 11 de febrero de 2026, de la Secretaría General de
Financiación Autonómica y Local, por la que se desarrolla la información a
suministrar por las Corporaciones Locales relativa al esfuerzo fiscal de 2024 y
su comprobación en las Delegaciones de Economía y Hacienda.
El artículo 99.3, apartado b.2, de Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el ejercicio 2026, establece la
fórmula para el cálculo del esfuerzo fiscal de 2021 de los municipios, necesario para
proceder a la liquidación definitiva de su participación en los tributos del Estado
correspondiente a 2023. Esta fórmula se desarrolla en términos análogos a los de
ejercicios anteriores, y en virtud de la prórroga de presupuestos mencionada, hay que
considerarla aplicable también al esfuerzo fiscal de 2024, al igual que la información a
suministrar por las Corporaciones Locales en relación con dicho esfuerzo fiscal.
Por otro lado, el artículo 18 del Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que
se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en
materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial,
establece que: «A efectos de la información a suministrar por las Corporaciones locales
relativa al esfuerzo fiscal establecida en el artículo 116 de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, las certificaciones correspondientes se referirán al año 2024 y se deberán
suministrar a los órganos competentes antes del 30 de junio de 2026, en la forma en la
que éstos determinen».
Consecuentemente con lo dispuesto por el citado real decreto-ley, se establece el
próximo 30 de junio de 2026 como fecha límite de presentación de la información sobre
el esfuerzo fiscal correspondiente al año 2024.
Dicha presentación sólo podrá realizarse mediante su transmisión telemática con
firma electrónica. Para ello, esta Secretaría General ha puesto a disposición de las
Entidades Locales una aplicación accesible desde la Oficina Virtual para la Coordinación
Financiera con las Entidades Locales del portal del Ministerio de Hacienda.
Al objeto de facilitar a los ayuntamientos el cumplimiento de esta obligación, y para
calcular el esfuerzo fiscal municipal con la mayor precisión,
Esta Secretaría General dicta la presente resolución, en virtud de la normativa
anteriormente citada.
Apartado 1.
Información a suministrar por las Corporaciones Locales.
Los ayuntamientos deberán remitir la información que, con carácter básico y
complementario, se cita en los apartados siguientes.
a) Recaudaciones líquidas de los siguientes tributos:
– Impuesto sobre Bienes Inmuebles (en adelante, IBI), especificándose por
separado, la recaudación por bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características
especiales.
– Impuesto sobre Actividades Económicas (en adelante, IAE).
– Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
cve: BOE-A-2026-3814
Verificable en https://www.boe.es
1.1 Información básica. Los ayuntamientos deberán certificar los siguientes datos
referidos al ejercicio 2024:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 19-02-2026
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