Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 19-02-2026
Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2026-3883)
Resolución de 30 de enero de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Repsol Generación Eléctrica, SAU, la autorización administrativa previa para la «Ampliación de la Central Hidroeléctrica Reversible de Aguayo-Aguayo II», con una potencia de turbinación de 1014 MW y una potencia de bombeo de 1181 MW, y sus infraestructuras de evacuación, en San Miguel de Aguayo y Bárcena de Pie de Concha (Cantabria).
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Resolución de 30 de enero de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Repsol Generación Eléctrica, SAU, la autorización administrativa previa para la «Ampliación de la Central Hidroeléctrica Reversible de Aguayo-Aguayo II», con una potencia de turbinación de 1014 MW y una potencia de bombeo de 1181 MW, y sus infraestructuras de evacuación, en San Miguel de Aguayo y Bárcena de Pie de Concha (Cantabria).Núm. 44
Jueves 19 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 26355
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 30 de enero de 2026, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Repsol Generación Eléctrica,
SAU, la autorización administrativa previa para la «Ampliación de la Central
Hidroeléctrica Reversible de Aguayo-Aguayo II», con una potencia de
turbinación de 1014 MW y una potencia de bombeo de 1181 MW, y sus
infraestructuras de evacuación, en San Miguel de Aguayo y Bárcena de Pie
de Concha (Cantabria).
Repsol Generación Eléctrica, SAU, en adelante Repsol, solicitó con fecha 11 de junio
de 2021, y subsanada con fecha 19 de julio de 2021, autorización administrativa previa
para la «Ampliación de la Central Hidroeléctrica Reversible de Aguayo-Aguayo II», con
una potencia de turbinación de 993,72 MW y una potencia de bombeo de 1243,76 MW,
la subestación eléctrica «C.H. Reversible Aguayo II 400 kV» y la línea aéreo-subterránea
a 400 kV «C.H. Reversible Aguayo II-SET Aguayo 400 kV REE».
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Cantabria y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, habiéndose solicitado los correspondientes informes a
las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios
de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su
cargo.
Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición del Ayuntamiento
de San Miguel de Aguayo. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el
cual expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y
Memoria Histórica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de
Cantabria, donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar
a cabo por el promotor y de cumplimiento de la declaración de impacto ambiental. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad
con la misma.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Carreteras del Ministerio
de Transportes y Movilidad Sostenible, de la Dirección General de Obras Públicas de la
Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del
Gobierno de Cantabria y de Telefónica, en las que se establecen condicionados técnicos
y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la
ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico en el que no
manifiesta oposición al proyecto, si bien resalta que en la actualidad se encuentra en
tramitación la modificación de características de la concesión original del Salto de
Aguayo, otorgada por Orden del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo de 21 de
diciembre de 1977 a la entonces denominada Electra de Viesgo, SA, para permitir la
ampliación de la central de generación hidroeléctrica reversible de Aguayo-Aguayo II,
objeto de este expediente. En dicha tramitación se analiza, estableciendo las
condiciones que procedan, la compatibilidad del proyecto con las concesiones en vigor
cve: BOE-A-2026-3883
Verificable en https://www.boe.es
3883
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 19-02-2026
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