Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 19-02-2026
Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2026-3872)
Resolución de 6 de febrero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo de industrias de ferralla.
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Resolución de 6 de febrero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo de industrias de ferralla.Núm. 44
Jueves 19 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 26065
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
3872
Resolución de 6 de febrero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo de industrias de ferralla.
Visto el texto del VIII Convenio colectivo de Industrias de Ferralla (código de
convenio 99012395011999), que fue suscrito el 10 de diciembre de 2025, de una parte,
por la Asociación Nacional de Industriales de Ferralla (ANIFER), en representación de
las empresas del sector, y de otra, por los sindicatos UGT-FICA y CC.OO. del Hábitat, en
representación de las personas trabajadoras afectadas, y que ha sido finalmente
subsanado mediante acta de 3 de febrero de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de febrero de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
VIII CONVENIO COLECTIVO DE INDUSTRIAS DE FERRALLA 2025-2028
CAPÍTULO I
Ámbitos, vigencia y estructura de negociación colectiva
1. Ámbito territorial: El presente convenio colectivo de trabajo será de aplicación en
todo el ámbito del Estado Español.
2. Ámbito funcional y personal: El presente convenio colectivo de trabajo obliga a
todas las empresas dedicadas a la elaboración, transformación, comercialización,
colocación y/o montaje en obra de acero corrugado y mallazos electrosoldados, para
armaduras pasivas y hormigón estructural, incluso sean actividades que conlleven
alguna elaboración constructiva en obras civiles, públicas, privadas y otros trabajos, así
como a todas las personas trabajadoras, sea cual sea su categoría profesional, presten
sus servicios para las empresas dentro del ámbito de aplicación del mismo.
3. La duración del presente convenio será de cuatro años, es decir desde el día 1
de enero de 2025 hasta el día 31 de diciembre de 2028, entrando en vigor al día
siguiente de la fecha de su firma, con independencia de la fecha de publicación.
cve: BOE-A-2026-3872
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Ámbitos.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 19-02-2026
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