Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 20-02-2026

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Boletín Oficial del Estado
20/02/2026

Comunidad Foral de Navarra. . I. Disposiciones generales. Medidas tributarias. (BOE-A-2026-3910)

Ley Foral 17/2025, de 22 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.

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Ley Foral 17/2025, de 22 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Viernes 20 de febrero de 2026

Sec. I. Pág. 26462

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
3910

Ley Foral 17/2025, de 22 de diciembre, de modificación de diversos
impuestos y otras medidas tributarias.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de
modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.

Constituye el objeto de la presente Ley Foral la modificación de las siguientes
normas: el texto refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, la Ley Foral del Impuesto sobre el Patrimonio, la Ley Foral del Impuesto sobre
Sociedades, el texto refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Sucesiones y
Donaciones, el texto refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, la Ley Foral General Tributaria, la Ley
Foral de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de
Navarra y de sus Organismos Autónomos, la Ley Foral de Haciendas Locales de
Navarra, la Ley Foral de la Hacienda Pública de Navarra y la Ley Foral del Régimen
Fiscal de Cooperativas.
Se trata de una reforma que, como en ejercicios anteriores, busca adecuar el sistema
tributario a la realidad económica y social actual, introduciendo medidas que persiguen
una mayor justicia fiscal, el estímulo de la actividad económica y el fomento de la
responsabilidad social empresarial, junto con mejoras técnicas que refuerzan la
seguridad jurídica y la eficiencia en la gestión de los tributos.
Las modificaciones se articulan en torno a varios ejes principales. En primer lugar, en
el ámbito de la imposición directa, se introducen cambios de calado en el Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas para aliviar la carga fiscal de las rentas más bajas y
simplificar sus obligaciones formales. En segundo lugar, en el Impuesto sobre
Sociedades, se establece un importante incentivo fiscal para aquellas empresas que
demuestren un compromiso fehaciente con el mantenimiento del empleo y el
cumplimiento de la normativa en materia de igualdad y prevención de riesgos laborales.
Finalmente, se acometen una serie de ajustes técnicos en diferentes figuras
impositivas para mejorar su aplicación, clarificar su contenido y adaptar la normativa foral
a nuevos contextos económicos y regulatorios, como los relacionados con los
criptoactivos.
La norma legal se estructura en diez artículos, dos disposiciones adicionales, una
disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales.
En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la modificación de mayor
alcance es la que afecta a la obligación de declarar. Con el objetivo de avanzar en la
progresividad del sistema y reducir la carga fiscal que soportan los contribuyentes de
menor capacidad económica, se eleva el umbral de rendimientos íntegros de trabajo que
exime de la obligación de declarar hasta los 17.000 euros anuales.
Para alcanzar este objetivo, se articulan dos medidas complementarias. Por un lado,
se incrementa la cuantía de la deducción por rendimientos del trabajo para aquellos
contribuyentes con rendimientos netos inferiores a 17.500 euros. Por otro lado, y con el
mismo fin, se aumenta el importe de la deducción por mínimo personal para
contribuyentes cuyas rentas no superen los 32.000 euros, con una incidencia más
intensa en los tramos más bajos de renta. Con esta doble modificación se persigue un fin

cve: BOE-A-2026-3910
Verificable en https://www.boe.es

PREÁMBULO

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