Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 21-02-2026

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Boletín Oficial del Estado
21/02/2026

Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-4046)

Resolución de 6 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se corrigen errores en la de 6 de octubre de 2025, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Puerto de la Cruz, por la que se suspende la inscripción del dominio de una finca, por adjudicación de herencia por falta de título hábil para inscribir una cuarta parte indivisa, inscrita a nombre de persona distinta, por incumplimiento del principio hipotecario del tracto sucesivo.

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Contenido de la primera página

Resolución de 6 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se corrigen errores en la de 6 de octubre de 2025, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Puerto de la Cruz, por la que se suspende la inscripción del dominio de una finca, por adjudicación de herencia por falta de título hábil para inscribir una cuarta parte indivisa, inscrita a nombre de persona distinta, por incumplimiento del principio hipotecario del tracto sucesivo.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Sábado 21 de febrero de 2026

Sec. III. Pág. 26996

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4046

Resolución de 6 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se corrigen errores en la de 6 de octubre de
2025, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador
de la propiedad de Puerto de la Cruz, por la que se suspende la inscripción
del dominio de una finca, por adjudicación de herencia por falta de título hábil
para inscribir una cuarta parte indivisa, inscrita a nombre de persona distinta,
por incumplimiento del principio hipotecario del tracto sucesivo.

Advertidos errores en la Resolución de 6 de octubre de 2025 (4.ª), de la Dirección
General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, del recurso interpuesto por don D. E. L.,
abogado, en nombre y representación de doña E. D. K. M., contra la nota de calificación
del registrador de la Propiedad de Puerto de la Cruz, don Ángel Borja Ureta García, por
la que se suspende la inscripción del dominio de una finca, por adjudicación de herencia
por falta de título hábil para inscribir una cuarta parte indivisa, inscrita a nombre de
persona distinta, por incumplimiento del principio hipotecario del tracto sucesivo,
publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de 21 de enero de 2026, se procede a
efectuar la oportuna rectificación:
En la página 10022, hecho I, donde dice:
«(…) Se acompañaban a la escritura el certificado de defunción del causante,
certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, copia auténtica de
certificado sucesorio europeo válida hasta el día 16 de octubre de 2025 y una sentencia
del Juzgado de Munich, Tribunal Sucesorio, de fecha 15 de julio de 2020, Referencia 616
VI 6571/08»
Debe decir:
«(…) Se acompañaban a la escritura el certificado de defunción del causante,
certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, original de certificado
sucesorio europeo válida hasta día el 16 de octubre de 2025 y una sentencia del
Juzgado de Munich, Tribunal Sucesorio de fecha 15 de julio de 2020, referencia 616
VI 6571/08, traducida y apostillada».

«Vistos el Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la
ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil; el Reglamento (UE)
2020/1784 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2020 relativo a
la notificación y traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y
extrajudiciales en materia civil o mercantil («notificación y traslado de documentos»)
(versión refundida); los artículos (…)»
Debe decir:
«Vistos el Reglamento (UE) n.º 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 4 de julio de 2012, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la
ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos

cve: BOE-A-2026-4046
Verificable en https://www.boe.es

En la página 10037, en los «Vistos» de los fundamentos de Derecho, donde dice:

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 21-02-2026

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