Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 23-02-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-4191)
Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Ávila n.º 1, por la que se suspende la rectificación de superficie de finca expropiada y resultante.
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Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Ávila n.º 1, por la que se suspende la rectificación de superficie de finca expropiada y resultante.Núm. 48
Lunes 23 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 27940
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4191
Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Ávila n.º 1, por la que se suspende la
rectificación de superficie de finca expropiada y resultante.
En el recurso interpuesto por doña A. I. S. G. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Ávila número 1, don Jesús María Jiménez Jiménez, por la
que se suspende la rectificación de superficie de finca expropiada y resultante.
Hechos
I
Mediante instancia privada, con firma legitimada notarialmente, suscrita por doña A.
I. S. G. con fecha 21 de mayo de 2025, como titular registral de la finca número 763 del
Ayuntamiento de Berrocalejo de Aragona, solicitaba, según resulta del expediente:
a) que se registrase correctamente la superficie total de la finca de su propiedad,
registral 763 del Ayuntamiento de Berrocalejo de Aragona, inscrita con el código registral
único número 05003001925339, que actualmente constaba como 6.082 metros
cuadrados, cuando la superficie correcta que debería figurar en el Registro era de 7342
metros cuadrados.
b) que se registrase correctamente la superficie total de la finca nueva e
independiente, creada con motivo de la expropiación y registrada bajo el número 867 del
Ayuntamiento de Berrocalejo de Aragona, que constaba como 3.668 metros cuadrados,
cuando la superficie correcta que debería figurar en el Registro era de 2.408 metros
cuadrados.
c) que los 630 metros cuadrados expropiados como servidumbre de vuelo para la
reparación, conservación y mantenimiento de la red se registrasen correctamente como
tal servidumbre de vuelo y no como reducción de la superficie total de la finca de su
propiedad inscrita con el código registral único número 05003001925339.
d) que los 630 metros cuadrados expropiados como de ocupación temporal se
registrasen correctamente como tal ocupación temporal y no como reducción de la
superficie total de la finca de su propiedad inscrita con el código registral único
número 05003001925339.
e) que se cancelase de forma definitiva la inscripción correspondiente a los 630
metros cuadrados de ocupación temporal, dado que, por el tiempo transcurrido, más de
veinte años, había dejado de tener efecto.
II
Presentada el día 22 de mayo de 2025 la documentación referida en el Registro de la
Propiedad de Ávila número 1, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Presentante: A. I. S. G.
Interesada: A. I. S. G.
cve: BOE-A-2026-4191
Verificable en https://www.boe.es
La interesada aportaba a tal fin la documentación que estimaba pertinente.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 23-02-2026
Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Universidad de Sevilla, por la que se nombran Profesoras Titulares de Universidad.
Resolución de 3 de febrero de 2026, de la Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia, por la que se emplaza a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo 763/2025, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera.
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