Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 26-02-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-4459)
Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Autoridad Portuaria de Ceuta.
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Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Autoridad Portuaria de Ceuta.Núm. 51
Jueves 26 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 29150
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4459
Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del
Estado y la Autoridad Portuaria de Ceuta.
El Abogado General del Estado y el Presidente de la Autoridad Portuaria de Ceuta
han suscrito, con fecha de 10 de febrero de 2026, un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 20 de febrero de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica suscrito entre la Administración General
del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
Abogacía General del Estado) y la Autoridad Portuaria de Ceuta
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, don Juan Manuel Doncel Doncel, actuando en nombre y
representación de la Autoridad Portuaria de Ceuta, con domicilio social en Muelle de
España, s/n, 51001 Ceuta, y NIF Q1167005F, en su condición de Presidente, cargo para
el que fue nombrado por Decreto de 28 de enero de 2019 del Presidente de la Ciudad de
Ceuta, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 1 de febrero de 2019, en virtud
de la Orden FOM/76/2019, de 30 de enero.
MANIFIESTAN
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2026-4459
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 26-02-2026
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