Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-02-2026
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. . III. Otras disposiciones. Lugares de memoria democrática. (BOE-A-2026-4645)
Acuerdo de 9 de febrero de 2026, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por el que se declara Lugar de Memoria Democrática la «Colonia Agrícola Penitenciaria de Tefía», sita en la Isla de Fuerteventura (Canarias).
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Acuerdo de 9 de febrero de 2026, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por el que se declara Lugar de Memoria Democrática la «Colonia Agrícola Penitenciaria de Tefía», sita en la Isla de Fuerteventura (Canarias).Núm. 52
Viernes 27 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 30364
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
Acuerdo de 9 de febrero de 2026, de la Secretaría de Estado de Memoria
Democrática, por el que se declara Lugar de Memoria Democrática la
«Colonia Agrícola Penitenciaria de Tefía», sita en la Isla de Fuerteventura
(Canarias).
El Acuerdo de declaración de Lugar de Memoria Democrática, cuya incoación se
llevó a cabo por Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General de Promoción
de la Memoria Democrática (BOE de 7 de julio de 2025), se realiza de conformidad con
lo establecido en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, y en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Tras la victoria de los sublevados contra el orden constitucional de la II República,
uno de los colectivos más perseguidos por la dictadura franquista fue el formado por las
personas del colectivo LGTBI, especialmente los homosexuales y las personas
transexuales, que sufrieron una represión sistemática tanto en el ámbito legal como en el
social. Todos ellos eran considerados elementos peligrosos y contrarios a la doctrina
nacionalcatólica que el nuevo régimen se esforzaba por imponer. Esta persecución no
era algo nuevo en España. El Código Penal de la dictadura de Primo de Rivera de 1928
fue el primero en regular esta conducta expresamente como parte del delito de
escándalo público. Durante la República, este delito fue abolido pero la situación dio un
vuelco con la llegada de la dictadura franquista. El colectivo LGTBI comenzó a ser
perseguido, de nuevo, bajo el cargo de «escándalo público», regulado en el artículo 431
del Código Penal franquista.
La persecución de los homosexuales se intensificó a partir del 15 de julio de 1954,
cuando se modificó la Ley de Vagos y Maleantes para incluir a los «desviados sexuales»
o «violetas», como también se les conocía en el argot policial. El régimen penitenciario
fue extremadamente duro con estas personas.
La reforma de la Ley de Vagos y Maleantes del 15 de julio de 1954 recogió
expresamente la homosexualidad como un «estado peligroso». Este cambio legislativo,
que afectó a los artículos segundo y sexto de la ley original de 1933, equiparó a los
homosexuales con «proxenetas» y «rufianes» (artículo segundo). Además, establecía
que los homosexuales, junto con proxenetas, rufianes, mendigos profesionales y otros
grupos, serían internados en «Colonias Agrícolas», con la particularidad de que los
homosexuales debían ser «internados en Instituciones especiales» y con absoluta
separación de los demás reclusos. También se les prohibía residir en determinados lugares
y debían declarar su domicilio, además de estar sujetos a la vigilancia de los delegados.
Para albergar a los homosexuales condenados bajo la Ley de Vagos y Maleantes
de 1954, se construyó la Colonia Agrícola Penitenciaria de Tefía, en la isla de Fuerteventura.
Esta colonia se levantó en terrenos próximos al aeródromo militar, propiedad del Ministerio
del Aire y albergó a más de un centenar de reclusos. Estuvo en funcionamiento
entre 1954 y 1966. El 21 de julio de ese año fue suprimida por orden de Justicia.
La Colonia Agrícola Penitenciaria de Tefía se gestó en 1947, tras una visita
del Director General de Prisiones, Francisco Aylagas, y se creó formalmente por Orden
del Ministerio de Justicia el 15 de enero de 1954, con la finalidad de internar a los
homosexuales represaliados por la Ley de Vagos y Maleantes de 1954. En ese
momento, la normativa penitenciaria vigente era el Reglamento de Servicios de Prisiones
aprobado por Decreto de 5 de marzo de 1948, que dividía las prisiones en centrales,
cve: BOE-A-2026-4645
Verificable en https://www.boe.es
4645
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