Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-02-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-4606)
Resolución de 30 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Barcelona n.º 1, por la que se suspende la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración para una finca en su modalidad de arrendamiento turístico.
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Resolución de 30 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Barcelona n.º 1, por la que se suspende la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración para una finca en su modalidad de arrendamiento turístico.Núm. 52
Viernes 27 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 30027
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4606
Resolución de 30 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Barcelona n.º 1, por la que se suspende la
asignación de un número de registro de alquiler de corta duración para una
finca en su modalidad de arrendamiento turístico.
En el recurso interpuesto por don C. P. J., en nombre y representación de «Creative
Bond Productions, SL», contra la negativa del registrador de la Propiedad de Barcelona
número 1, don Juan María Díaz Fraile, por la que se suspende la asignación de un
número de registro de alquiler de corta duración para una finca en su modalidad de
arrendamiento turístico.
Hechos
I
El día 26 de junio de 2025 se presentó en el Registro de la Propiedad de Barcelona
número 1 solicitud de asignación de número único de registro de arrendamientos de
corta duración para la finca registral número 2.368, código registral único
número 08054000148479, en su modalidad de arrendamiento turístico y finca completa.
II
Presentada dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de Barcelona número 1,
fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Hechos.
Fundamentos de Derecho.
En base al principio de legalidad en su aspecto de calificación registral recogido en el
artículo 18 de la Ley Hipotecaria y concordantes de dicha Ley y de su Reglamento
regulador, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 9.2,a) 5.º del Real Decreto 1312/2024,
de 23 de diciembre, en relación con el art. 553-11.1 de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del
libro quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales, se deniega la
cve: BOE-A-2026-4606
Verificable en https://www.boe.es
En la instancia presentada se solicita la asignación del número de Registro de Alquiler
de Corta Duración del piso (…) finca número 2368 de la Sección 5.ª, CRU –Código
Registral Único– 08054000148479, en la categoría de arrendamiento turístico. Del
artículo 9.º de la modificación de los estatutos de la Propiedad Horizontal en que se
integra la unidad para la que se solicita el Código de Comercialización, resulta lo siguiente
“es prohibix taxativament, la destinació de qualsevol departament a apartament d’us
turistic o similar”, según la inscripción 61.ª de la finca número 144 de la Sección 5.ª,
practicada con fecha 10 de marzo de 2020. En dicha inscripción se hizo constar que, que
se adoptó con el acuerdo y se procedió a la notificación a todos los comuneros no
asistentes, “ninguno de ellos se ha opuesto a los acuerdos adoptados por la referida Junta
de Propietarios, ni ha presentado impugnación de clase alguna”, por lo que quedaría
vinculado al citado artículo el piso (…)
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 27-02-2026
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