Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 28-02-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-4735)
Resolución de 4 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Teguise, a inscribir la representación gráfica georreferenciada alternativa en base a las alegaciones formuladas por el Ayuntamiento y por un propietario colindante en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria.
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Resolución de 4 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Teguise, a inscribir la representación gráfica georreferenciada alternativa en base a las alegaciones formuladas por el Ayuntamiento y por un propietario colindante en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria.Núm. 53
Sábado 28 de febrero de 2026
Sec. III. Pág. 30779
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4735
Resolución de 4 de noviembre de 2025, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Teguise, a inscribir la representación
gráfica georreferenciada alternativa en base a las alegaciones formuladas por
el Ayuntamiento y por un propietario colindante en el curso del procedimiento
regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria.
En el recurso interpuesto por don E. S. C., abogado, en nombre y representación de
doña S., doña Y., don M. y don N. B. R., contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Teguise, don Javier Regúlez Luzardo, a inscribir la representación gráfica
georreferenciada alternativa en base a las alegaciones formuladas por el Ayuntamiento y
por un propietario colindante en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2
de la Ley Hipotecaria.
Hechos
I
II
Presentadas día 3 de marzo de 2025 dichas escrituras en el Registro de la Propiedad
de Teguise, junto con certificado de no invasión del dominio público emitido por el
Ayuntamiento de Teguise, causando el asiento de presentación número 461 del
Diario 2025, y tramitado el expediente regulado en el artículo 199.2 de la Ley
Hipotecaria, fueron formuladas alegaciones por parte del Ayuntamiento de Teguise, quien
afirmaba la invasión que, con la representación gráfica propuesta, se hacía de la parcela
con referencia catastral 4197019FT3149N0001PJ, adjuntando ficha del inventario y
cve: BOE-A-2026-4735
Verificable en https://www.boe.es
Mediante escritura pública otorgada el día 11 de septiembre de 2024 ante el notario
de Arrecife, don Enrique Javier Pérez Polo, con el número de 1.746 de protocolo, que
subsanaba la escritura de donación otorgada el día 5 de julio de 2023 ante el notario de
Arrecife, don Celestino Mendizábal Gabriel, con el número 2.328 de protocolo, en unión
de escritura de adjudicación de herencia otorgada el día 12 de enero de 2023 ante el
último notario citado, con el número 100 de protocolo, la cual también había sido
subsanada por la otorgada el día 25 de febrero de 2025 ante el notario de Arrecife, don
Enrique Javier Pérez Polo, con el número 406 de protocolo, se solicitaba la inscripción
de la representación gráfica georreferenciada alternativa y consiguiente rectificación de
su descripción de la finca registral número 46.147 del Registro de la Propiedad de
Teguise, en base a informe de validación gráfica frente a parcelario catastral con código
seguro de verificación, habiéndose practicado la inscripción de inmatriculación de la
misma, en base a los títulos ahora rectificados, el día 5 de septiembre del año 2023, con
una cabida de 1.137 metros cuadrados y referencia catastral 4197005FT3149N001EJ.
En virtud de la representación gráfica aportada, la finca pasaba a tener una superficie
de 2.877 metros cuadrados, estando atravesada de este a oeste por una calle, quedando
como consecuencia dividida en dos porciones: la situada al norte, con una superficie
de 1.273 metros cuadrados, y la situada al sur, con una cabida de 895 metros
cuadrados, quedando el resto de su superficie, o sea, 709 metros cuadrados, destinados
a viales.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 28-02-2026
Resolución de 11 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Marbella n.º 2, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de...
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