Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 02-03-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-4896)
Resolución de 13 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 47, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración turístico por no aportarse la preceptiva licencia municipal.
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Resolución de 13 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 47, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración turístico por no aportarse la preceptiva licencia municipal.Núm. 54
Lunes 2 de marzo de 2026
Sec. III. Pág. 31659
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4896
Resolución de 13 de noviembre de 2025, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 47, por la que se
suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta
duración turístico por no aportarse la preceptiva licencia municipal.
En el recurso interpuesto por don J. D. G. F. contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de Madrid número 47, doña María Dolores Esteve Portolés,
por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta
duración turístico por no aportarse la preceptiva licencia municipal.
Inadmisión
Por la presente se comunica a los interesados que el supuesto de hecho
contemplado en este expediente guarda identidad de razón con los analizados en las
Resoluciones desestimatorias de este Centro Directivo de 13 de junio («Boletín Oficial
del Estado» de 2 de julio de 2025), 18 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 8 de julio
de 2025), 25 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 26 de julio de 2025), 2 de julio
(«Boletín Oficial del Estado» de 18 de julio de 2025), 10 de julio («Boletín Oficial del
Estado» de 6 de agosto de 2025), 16 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 7 de
agosto de 2025), 17 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 7 de agosto de 2025), 28 de
julio («Boletín Oficial del Estado» de 21 de octubre de 2025), 29 de julio («Boletín Oficial
del Estado» de 24 de octubre de 2025) y 30 de julio de 2025 («Boletín Oficial del
Estado» de 30 de octubre de 2025); por lo que se declara su inadmisión, remitiendo
íntegramente a los fundamentos de Derecho expuestos en las Resoluciones citadas.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.
cve: BOE-A-2026-4896
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 13 de noviembre de 2025.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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