Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 02-03-2026
Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2026-4947)
Resolución de 17 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la nueva subestación Iznalloz 400 kV, con siete nuevas posiciones, en Iznalloz (Granada).
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Resolución de 17 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la nueva subestación Iznalloz 400 kV, con siete nuevas posiciones, en Iznalloz (Granada).Núm. 54
Lunes 2 de marzo de 2026
Sec. III. Pág. 31975
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 17 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la nueva subestación Iznalloz 400 kV, con siete nuevas
posiciones, en Iznalloz (Granada).
Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó mediante escrito
recibido a 10 de enero de 2025, autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción, de la nueva subestación Iznalloz 400 kV, con siete
nuevas posiciones, en el término municipal de Iznalloz (Granada), así como su
declaración, en concreto, de utilidad pública.
La actuación planteada consiste en la construcción de la nueva subestación
Iznalloz 400 kV equipada con siete nuevas posiciones y cinco reservas sin equipar. Las
referidas instalaciones se ubicarán en el término municipal de Iznalloz, en la provincia de
Granada.
Red Eléctrica aportó declaración responsable, que acredita el cumplimiento de la
normativa que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en la Dependencia del Área Funcional de Industria y
Energía de la Subdelegación del Gobierno en Granada y se tramitó de conformidad con
lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales
duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del
contrato de concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la
Diputación Provincial de Granada, de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de
la Junta de Andalucía y de la Demarcación de Carreteras del Estado del Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se recibió contestación del Ayuntamiento de Iznalloz y de la Dirección General de
Salud Pública de la Junta de Andalucía, donde se muestran condicionantes a la
ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Consultado el Servicio de Bienes Culturales en Granada de la Junta de Andalucía,
éste dio contestación condicionando la autorización a la viabilidad arqueológica del
proyecto y requiriendo la realización de sondeos arqueológicos para la evaluación de
dicha viabilidad. Se dio traslado de la contestación a Red Eléctrica, quien aceptó
expresamente el mismo y aportó proyecto de actividad arqueológica preventiva para el
cumplimiento de dicho condicionado. Trasladada la documentación al organismo, éste
manifestó su aceptación con la documentación expuesta por Red Eléctrica,
estableciendo condicionados que, trasladados finalmente a Red Eléctrica, fueron
aceptados expresamente.
cve: BOE-A-2026-4947
Verificable en https://www.boe.es
4947
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 02-03-2026
Resolución de 27 de febrero de 2026, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de marzo de 2026 y se convocan las correspondientes subastas.
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