Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 07-03-2026
Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2026-5384)
Resolución de 24 de febrero de 2026, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio por el que se formaliza la encomienda de gestión con el Ayuntamiento de Manises, para la realización de actuaciones en el cauce del barranco de Salt de l'Aigua.
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Resolución de 24 de febrero de 2026, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio por el que se formaliza la encomienda de gestión con el Ayuntamiento de Manises, para la realización de actuaciones en el cauce del barranco de Salt de l'Aigua.Núm. 59
Sábado 7 de marzo de 2026
Sec. III. Pág. 34886
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
5384
Resolución de 24 de febrero de 2026, de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio por el que se formaliza la
encomienda de gestión con el Ayuntamiento de Manises, para la realización
de actuaciones en el cauce del barranco de Salt de l'Aigua.
La Confederación Hidrográfica del Júcar y el Ayuntamiento de Manises han suscrito,
con fecha 17 de febrero de 2026, en la sede del organismo en Valencia, el Convenio de
encomienda de gestión de referencia, por lo que conforme a lo previsto en el
artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, una vez inscrito en el Registro de Convenios distintos de Ley 40/2015 y
Encomiendas de Gestión del Sector Público Estatal, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Valencia, 24 de febrero de 2026.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, Miguel Polo Cebellán.
ANEXO
Convenio de encomienda de gestión entre la Confederación Hidrográfica del Júcar,
O.A., y el Excmo. Ayuntamiento de Manises para la realización de actuaciones
en el cauce del barranco de Salt de l'Aigua
REUNIDOS
De una parte, don Miguel Polo Cebellán, que interviene en nombre y representación
de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., con CIF Q4617001E, de la que es
Presidente, nombrado por el Secretario de Estado de Medioambiente (toma de posesión
de 2 de febrero de 2021), en virtud de las facultades que le confiere el artículo 30 del
Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Aguas (en adelante, TRLA), y en ejercicio de las competencias asignadas
en los artículos 23.2, b y 25. 2 del citado texto refundido, ostentando la competencia que
le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, don Javier Mansilla Bermejo, Alcalde del Ayuntamiento de Manises, en
ejercicio de las atribuciones conferidas por las leyes 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local y Ley 8/2010, de 23 de junio, de Régimen Local de la
Comunitat Valenciana.
EXPONEN
I. La Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. (en adelante CHJ), es un
organismo autónomo de los previstos en el artículo 84.1.a) 1.º de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito, a efectos administrativos, al
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Por tanto, tiene autonomía
para regir y administrar por sí los intereses que les sean confiados; para adquirir y
enajenar los bienes y derechos que puedan constituir su propio patrimonio; para
cve: BOE-A-2026-5384
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que
ostentan, se reconocen recíprocamente capacidad y competencia para formalizar el
presente convenio de encomienda de gestión y a tal efecto,
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 07-03-2026
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