Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 09-03-2026
Consejo General Del Poder Judicial. . III. Otras disposiciones. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2026-5479)
Acuerdo de 24 de febrero de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 21 de enero de 2026, de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, sobre normas de reparto de la Sala de lo Social.
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Acuerdo de 24 de febrero de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 21 de enero de 2026, de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, sobre normas de reparto de la Sala de lo Social.Núm. 60
Lunes 9 de marzo de 2026
Sec. III. Pág. 35667
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
5479
Acuerdo de 24 de febrero de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 21 de enero
de 2026, de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la
Comunidad Valenciana, sobre normas de reparto de la Sala de lo Social.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión
de 24 de febrero de 2026, toma conocimiento y ordena hacer público el acuerdo de Sala
de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de fecha 21
de enero de 2026, por el que se aprueban las normas de reparto de la Sala de lo Social,
del siguiente tenor literal:
Normas para el reparto de asuntos
1.
Normas generales.
A)
Procesos en los que la sala conoce en instancia.
1)
2)
Demandas en materia de despidos colectivos.
Demandas en el resto de procesos.
B)
Procesos en los que la sala conoce por vía de recurso.
1) Recursos de suplicación contra resoluciones de los Juzgados de lo Mercantil.
2) Tutela de derechos fundamentales.
3) Conflictos colectivos.
4) Modificaciones de condiciones de trabajo y movilidad geográfica.
5) Impugnación de convenios colectivos, resolución denegatoria del depósito de
estatutos de sindicatos y asociaciones empresariales o la impugnación de dichos
estatutos.
6) Despidos disciplinarios, despidos por causa objetiva y restantes extinciones del
contrato de trabajo impugnados por la modalidad procesal de despido y extinciones del
contrato de trabajo o vínculos análogos a instancias de la persona trabajadora.
7) Restantes procesos por cualquier otro concepto derivado del contrato de trabajo.
8) Reclamación contra el Fondo de Garantía Salarial.
9) Procesos en materia de desempleo.
10) Prestaciones por incapacidad permanente contributiva cuando sólo se dirime el
grado, tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales.
11) Procesos en materia de accidente de trabajo, enfermedad profesional y
prevención de riesgos laborales.
12) Recargo de prestaciones por omisión de medidas de seguridad.
13) Responsabilidad civil derivada de accidente de trabajo y enfermedad
profesional.
14) Restantes procesos en materia de Seguridad Social, incluyendo prestaciones
por incapacidad temporal; prestaciones por maternidad/paternidad; riesgo durante el
embarazo o la lactancia; prestaciones por muerte y supervivencia; prestaciones no
contributivas y Seguridad Social complementaria.
15) Impugnación de resoluciones administrativas en materia laboral o de Seguridad
Social y procedimientos de oficio.
cve: BOE-A-2026-5479
Verificable en https://www.boe.es
Los asuntos se repartirán entre los magistrados y magistradas que componen la Sala
por riguroso orden correlativo dentro de cada uno de los siguientes grupos:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 09-03-2026
Resolución de 2 de marzo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 29 de diciembre de 2025, en el Instituto de la Juventud.
Resolución de 3 de marzo de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Coín, en materia de seguridad.
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