Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 19-03-2026
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. . III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2026-6467)
Resolución de 13 de marzo de 2026, de la Secretaría General de Consumo y Juego, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Huelva, para el desarrollo del arbitraje de consumo en su correspondiente ámbito.
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Resolución de 13 de marzo de 2026, de la Secretaría General de Consumo y Juego, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Huelva, para el desarrollo del arbitraje de consumo en su correspondiente ámbito.Núm. 69
Jueves 19 de marzo de 2026
Sec. III. Pág. 42704
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
6467
Resolución de 13 de marzo de 2026, de la Secretaría General de Consumo y
Juego, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía y el
Ayuntamiento de Huelva, para el desarrollo del arbitraje de consumo en su
correspondiente ámbito.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, la Consejería de
Sanidad, Presidencia y Emergencias de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de
Huelva han suscrito, con fecha 5 de marzo de 2026, un Convenio para el desarrollo del
arbitraje de consumo en su correspondiente ámbito, por lo que conforme a lo previsto en
el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 13 de marzo de 2026.–El Secretario General de Consumo y Juego, Andrés
Barragán Urbiola.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030,
la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias de la Junta de Andalucía
y el Ayuntamiento de Huelva, para el desarrollo del arbitraje de consumo
en su correspondiente ámbito
En Madrid, a la fecha de la firma electrónica.
De una parte, don Pablo Bustinduy Amador, Ministro de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030, de acuerdo con el nombramiento efectuado por Real
Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, por el que se nombran Ministros del Gobierno y
de conformidad con lo establecido en el artículo 61, letra k), de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, don Antonio Sanz Cabello, Consejero de Sanidad, Presidencia y
Emergencias de la Junta de Andalucía, en uso de las facultades propias de su cargo, de
conformidad con lo establecido en los apartados 1 y 2.i) del artículo 26 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y el artículo 63.2 de la
Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y en relación con el Decreto del
Presidente 8/2025, de 15 de octubre, por el que se dispone su nombramiento.
Y, de otra parte, doña Pilar Miranda Plata, Alcaldesa-Presidenta del Excelentísimo
Ayuntamiento de Huelva, nombrada en Sesión celebrada por el Ayuntamiento en Pleno
de fecha 17 de junio de 2023, en ejercicio de las competencias atribuidas por el
artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local.
Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo y Agenda 2030, de la Consejería de Sanidad, Presidencia y
Emergencias de la Junta de Andalucía y del Ayuntamiento de Huelva.
cve: BOE-A-2026-6467
Verificable en https://www.boe.es
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