Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 21-03-2026

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Boletín Oficial del Estado
21/03/2026

Comunidad Autónoma de Cantabria. . I. Disposiciones generales. Víctimas del terrorismo. (BOE-A-2026-6548)

Ley de Cantabria 3/2026, de 6 de marzo, por la que se modifica la Ley de Cantabria 1/2023, de 5 de abril, de Reconocimiento, Homenaje y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo.

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Ley de Cantabria 3/2026, de 6 de marzo, por la que se modifica la Ley de Cantabria 1/2023, de 5 de abril, de Reconocimiento, Homenaje y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Sábado 21 de marzo de 2026

Sec. I. Pág. 43404

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
6548

Ley de Cantabria 3/2026, de 6 de marzo, por la que se modifica la Ley de
Cantabria 1/2023, de 5 de abril, de Reconocimiento, Homenaje y Dignidad a
las Víctimas del Terrorismo.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

Conózcase que el Parlamento de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de
Majestad el Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2.º del Estatuto
Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente Ley de Cantabria 3/2026, de 6
marzo, por la que se modifica la Ley de Cantabria 1/2023, de 5 de abril,
Reconocimiento, Homenaje y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo.

Su
de
de
de

Transcurridos casi tres años desde su entrada en vigor, la Ley de Cantabria 1/2023,
de 5 de abril, de Reconocimiento, Homenaje, Memoria y Dignidad a las Víctimas del
Terrorismo, ha sido objeto de varias modificaciones, para mejorar y aclarar determinados
aspectos de su regulación y extender su ámbito de aplicación, la más reciente el
pasado 18 de diciembre de 2025. Esta última modificación, como la propia Ley de
Cantabria 1/2023, de 9 de abril fue aprobada por todos los grupos parlamentarios
mediante una Proposición de Ley.
La generalización del sistema de reparación integral de los daños causados por las
actuaciones terroristas y la defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo
constituye un objetivo compartido por todos los grupos parlamentarios.
Ahondando en este objetivo común, y con igual espíritu de consenso, en esta nueva
modificación se mantienen, ordenan y perfilan con precisión los supuestos merecedores
de indemnización y se regula y da solución a otros supuestos planteados en la casuística
de la aplicación concreta de la norma en su redacción original.
Con esta nueva regulación se pretende mejorar la sistemática y concordancia de la
ley, y se considera procedente incluir como personas beneficiarias a los herederos de
quienes, teniendo derecho a percibir las indemnizaciones previstas en la ley, hubieran
fallecido antes de la entrada en vigor de la citada Ley de Cantabria 1/2023, de 5 de abril,
es decir, el 15 de abril de 2023, siempre que los herederos fueran cónyuges o personas
ligadas con ellas por análoga relación de afectividad o parientes consanguíneos dentro
del segundo grado en los términos previstos en el artículo 17 de la Ley 29/2011, de 22 de
septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.
Además, a partir de la aprobación de esta modificación las indemnizaciones y ayudas
recogidas en el título I de la ley serán concedidas por el titular de la Consejería
competente en materia de seguridad.
Por otra parte, se amplía a dieciocho meses el plazo para que las personas físicas
que pretendan acogerse a alguna de las indemnizaciones derivadas de la nueva
redacción de los artículos 4.1, 5.2, 6.2 y 6 bis, puedan presentar sus solicitudes de
indemnización, medida que facilita el acceso a aquellas.

cve: BOE-A-2026-6548
Verificable en https://www.boe.es

PREÁMBULO

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 21-03-2026

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