Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 21-03-2026
Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. . III. Otras disposiciones. Procedimientos administrativos. Gestión informatizada. (BOE-A-2026-6633)
Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se regula el sistema de código seguro de verificación de documentos electrónicos.
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Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se regula el sistema de código seguro de verificación de documentos electrónicos.Núm. 71
Sábado 21 de marzo de 2026
Sec. III. Pág. 43750
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, por la que se regula el sistema de código
seguro de verificación de documentos electrónicos.
El artículo 41 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, entiende por actuación administrativa automatizada, cualquier acto o actuación
realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública
en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma
directa un empleado público. De acuerdo con dicho artículo deberá establecerse
previamente el órgano u órganos competentes, según los casos, para la definición de las
especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su
caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicará
el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.
El artículo 42 de la misma Ley 40/2015 prevé entre los supuestos de utilización de
firma para la actuación administrativa automatizada, el código seguro de verificación (en
adelante, CSV) vinculado a la Administración Pública, órgano, organismo público o
entidad de Derecho Público, en los términos y condiciones establecidos, permitiéndose
en todo caso la comprobación de la integridad del documento mediante el acceso a la
sede electrónica correspondiente.
El Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, regula en su
artículo 21 el uso del CSV como sistema de firma electrónica en las actuaciones
administrativas automatizadas, debiendo dicho código vincular al órgano, organismo
público o entidad de derecho público y, en su caso, a la persona firmante del documento,
permitiéndose en todo caso la comprobación de la integridad del documento en la sede
electrónica o sede electrónica correspondiente mediante un proceso de verificación
directo y gratuito para las personas interesadas.
La aplicación del sistema de CSV requiere, de acuerdo con el mencionado Real
Decreto, la orden o resolución de la persona titular de la Subsecretaría del Ministerio o
de la persona titular de la Presidencia o de la Dirección del organismo público o entidad
de derecho público vinculado o dependiente, previo informe del Centro Criptográfico
Nacional y de la Secretaría General de Administración Digital (ahora la Agencia
Española de Administración Digital), y que deberá de incorporar las especificaciones que
establece el artículo 21 del citado Real Decreto.
Por su parte, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 27.3 que las
administraciones harán públicas, a través de la sede electrónica correspondiente, los
CSV u otro sistema de verificación utilizados. Asimismo, el citado artículo dispone que
las copias en soporte papel de documentos electrónicos requerirán que en las mismas
figure la condición de copia y contendrán un código generado electrónicamente u otro
sistema de verificación, que permitirá contrastar la autenticidad de la copia mediante el
acceso a los archivos electrónicos del órgano u organismo público emisor.
Regulada la creación de la sede electrónica de MUFACE, mediante la Resolución
de 3 de marzo de 2010 de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, se
regula en la presente resolución la utilización del CSV para la actuación automatizada de
la generación de copias electrónicas de MUFACE y como sistema de catalogación de los
documentos que se incorporen al sistema de gestión documental.
cve: BOE-A-2026-6633
Verificable en https://www.boe.es
6633
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