Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 23-03-2026
Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2026-6735)
Resolución de 11 de marzo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Hermandad Farmacéutica del Mediterráneo, SCL.
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Resolución de 11 de marzo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Hermandad Farmacéutica del Mediterráneo, SCL.Núm. 72
Lunes 23 de marzo de 2026
Sec. III. Pág. 44291
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
6735
Resolución de 11 de marzo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo de Hermandad
Farmacéutica del Mediterráneo, SCL.
Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Hermandad Farmacéutica del
Mediterráneo, SCL (código de convenio 90002472011982), que fue suscrito con fecha 20
de enero de 2026, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por los comités de empresa y delegados de
personal, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y que ha sido
finalmente subsanado mediante acuerdo de 5 de marzo de 2026, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de marzo de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO DE HERMANDAD FARMACÉUTICA DEL MEDITERRÁNEO,
SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA (HEFAME, SCL)
TÍTULO I
Ámbito de aplicación
La regulación de las condiciones de trabajo establecidas en el presente Convenio
colectivo será de aplicación en los centros de trabajo que Hefame tiene abiertos y cuyos
representantes de los trabajadores hayan formado parte de la comisión negociadora del
Convenio colectivo.
Artículo 2.
Ámbito personal.
La regulación de las condiciones de trabajo que se contienen en este Convenio
colectivo será de aplicación a las relaciones laborales establecidas entre Hefame y el
personal vinculado a ésta mediante contrato de trabajo y que preste sus servicios en
aquellos centros de trabajo cuyos representantes legales de los trabajadores hayan
formado parte de la comisión negociadora del Convenio colectivo.
cve: BOE-A-2026-6735
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Ámbito territorial.
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