Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 23-03-2026
Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2026-6729)
Resolución de 11 de marzo de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Generalidad de Cataluña, para la cesión del uso de la aplicación SERPA.
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Resolución de 11 de marzo de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Generalidad de Cataluña, para la cesión del uso de la aplicación SERPA.Núm. 72
Lunes 23 de marzo de 2026
Sec. III. Pág. 44269
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
6729
Resolución de 11 de marzo de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Generalidad de Cataluña, para la cesión
del uso de la aplicación SERPA.
Suscrito el convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la
Generalidad de Cataluña mediante el Departamento de Empresa y Trabajo, para la
cesión del uso de la aplicación SERPA, y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura
como anexo de esta resolución.
Madrid, 11 de marzo de 2026.–El Secretario General Técnico, Noel Rodríguez
García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la Generalidad
de Cataluña, mediante el Departamento de Empresa y Trabajo, para la cesión
del uso de la aplicación SERPA
En Madrid, a 10 de marzo de 2026.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. doña Yolanda Díaz Pérez, en su condición de
Vicepresidenta Segunda del Gobierno, nombrada por el Real Decreto 832/2023, de 20
de noviembre, y Ministra de Trabajo y Economía Social, nombrada por Real
Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, y en uso de sus atribuciones conferidas en virtud
del artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Y de otra, el Hble. Sr. Miquel Sàmper i Rodríguez, Consejero de Empresa y Trabajo
de la Generalitat de Catalunya, con NIF: S-0811001-G, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y
régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, el cual tiene la
preceptiva autorización del Gobierno de la Generalitat de Catalunya de fecha 10 de
febrero de 2026 para suscribir el presente convenio.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir.
1. El Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real
Decreto 39/1997, de 17 de enero, de desarrollo reglamentario de la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, estableció los requisitos y funciones de
las entidades especializadas para poder actuar como servicios de prevención ajenos, así
como el sistema de acreditación y mantenimiento de las condiciones de acreditación de
dichos servicios.
Posteriormente fue modificado por el Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el
que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el
Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de
cve: BOE-A-2026-6729
Verificable en https://www.boe.es
EXPONEN
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