Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 24-03-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-6845)
Resolución de 18 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Mula a inscribir la constitución de un derecho de arrendamiento sobre parte de fincas.
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Resolución de 18 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Mula a inscribir la constitución de un derecho de arrendamiento sobre parte de fincas.Núm. 73
Martes 24 de marzo de 2026
Sec. III. Pág. 44879
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
6845
Resolución de 18 de diciembre de 2025, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Mula a inscribir la constitución de un
derecho de arrendamiento sobre parte de fincas.
En el recurso interpuesto por don B. M. M., en nombre y representación de la
mercantil «Cobra Concesiones, SL», contra la negativa del registrador de la Propiedad
de Mula, don Pablo Antonio Fernández Sánchez, a inscribir la constitución de un derecho
de arrendamiento sobre parte de fincas.
Hechos
I
Mediante escritura pública otorgada el día 9 de julio de 2025 ante la notaria de
Murcia, doña Inmaculada Lozano García, con el número 1.687 de protocolo, se pretendía
la inscripción de un derecho de arrendamiento sobre parte de las registrales 11.451
y 14.994, por no aportarse la georreferencia de la parte de la finca sobre la que se
constituía el derecho. La registral 11.451 figuraba inscrita con una superficie de 63.901
metros cuadrados, formando parte de la parcela 56 del polígono 83. Por su parte, la
registral 14.994 figuraba con una cabida inscrita de 30.845 metros cuadrados, sin que
constase incorporada su referencia catastral. En el título calificado se afirmaba su
correspondencia con la parcela con referencia catastral 30029A083000560000PS, la
cual tenía una cabida, según Catastro, de 95.388 metros cuadrados, constituyéndose el
derecho de arrendamiento sobre una porción de 93.158 metros cuadrados,
concretándose su ubicación en referencia a la citada parcela catastral.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Mula, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:
«Hechos
1. Don M. G., J. L. ha presentado por vía ordinaria el día 09/07/2025, bajo el
asiento de presentación número 1803 del Libro Diario 2025, el documento otorgado ante
el/la Notario de Murcia, D./D.ª Inmaculada Lozano García, el día 09/07/2025 con el
número 1687/2025 de su protocolo.
Previa calificación del documento presentado conforme al artículo 18 de la Ley
Hipotecaria y 98 y siguientes de su Reglamento, en relación con los antecedentes del
Registro (artículos 20 y 38 de la misma Ley), el registrador de la propiedad que suscribe
ha resuelto no practicar las operaciones registrales solicitadas por concurrir el/los
siguiente/s defecto/s:
Primero.–Al otorgamiento de la escritura comparece la mercantil “Cobra Concesiones
Sociedad Limitada” representada en el acto por mandatario verbal.
cve: BOE-A-2026-6845
Verificable en https://www.boe.es
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