Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 28-03-2026

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Boletín Oficial del Estado
28/03/2026

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Denominaciones de origen. (BOE-A-2026-7169)

Orden APA/284/2026, de 18 de marzo, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida «Jumilla».

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Orden APA/284/2026, de 18 de marzo, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida «Jumilla».
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Sábado 28 de marzo de 2026

Sec. III. Pág. 46610

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
7169

Orden APA/284/2026, de 18 de marzo, por la que se aprueban los Estatutos
del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida «Jumilla».

La Corporación de Derecho Público «Consejo Regulador de la Denominación de
Origen Protegida Jumilla» fue creada en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional
primera de la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones
Geográficas Protegidas de ámbito supraautonómico.
En la letra e) del artículo 17 de la citada Ley 6/2015, de 12 de mayo, se establece
que las entidades de gestión que adopten la forma de Corporación de Derecho Público
elaborarán y aprobarán unos estatutos que serán sometidos, para su aprobación
administrativa, al entonces Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
A su vez, dicha Ley ha sido reglamentada por el Real Decreto 267/2017, de 17 de
marzo, por el que se desarrolla la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de
Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico.
El citado real decreto dispone que, para las modificaciones de los estatutos de las
entidades de gestión constituidas como Corporaciones de Derecho Público, será de
aplicación lo establecido para su aprobación.
Mediante la Orden APM/839/2017, de 28 de agosto, se aprobaron los Estatutos del
Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida «Jumilla». El Pleno del
Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jumilla, en su sesión de
fecha 16 de diciembre de 2025, acordó modificarlos, remitiendo la solicitud al Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación, con fecha 19 de diciembre de 2025. Los cambios
son principalmente mejoras de redacción del texto en coherencia con la legislación
vigente; adaptación a la nueva normativa comunitaria, en particular al Reglamento (UE)
2024/1143 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las
indicaciones geográficas; cambios en la gestión de los registros; simplificación en la
determinación de las cuotas obligatorias para la financiación de la entidad y aclaraciones
en el régimen disciplinario.
Puesto que la modificación propuesta afecta a gran parte del contenido de los
Estatutos, se ha considerado, en aras de la seguridad jurídica y de la claridad expositiva,
elaborar un nuevo texto de los estatutos.
Por lo tanto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 267/2017,
de 17 de marzo, y una vez emitido el informe favorable de la Abogacía del Estado del
Departamento, corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación aprobar
los nuevos estatutos.
En su virtud, dispongo:

Se aprueban los Estatutos de la Corporación de derecho público Consejo Regulador
de la Denominación de Origen Protegida Jumilla, cuyo texto figura en el anexo de la
presente disposición.
Disposición derogatoria única.

Derogación de Orden APM/839/2017, de 28 de agosto.

Se deroga la Orden APM/839/2017, de 28 de agosto, por la que se aprueban los
Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jumilla.

cve: BOE-A-2026-7169
Verificable en https://www.boe.es

Artículo único. Aprobación de los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación
de Origen Protegida Jumilla.

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