Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 31-03-2026

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Boletín Oficial del Estado
31/03/2026

Banco de España. . III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2026-7341)

Resolución de 23 de marzo de 2026, del Banco de España, sobre delegación de competencias.

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Resolución de 23 de marzo de 2026, del Banco de España, sobre delegación de competencias.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Martes 31 de marzo de 2026

Sec. III. Pág. 48080

III. OTRAS DISPOSICIONES

BANCO DE ESPAÑA
Resolución de 23 de marzo de 2026, del Banco de España, sobre delegación
de competencias.

El vigente régimen de delegación de competencias de la Comisión Ejecutiva del
Banco de España, enmarcadas en el ejercicio de potestades administrativas, se
estableció mediante acuerdo de 5 de diciembre de 2024, que fue publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» (BOE de 17 de diciembre de 2024).
Con posterioridad a la aprobación de dicho acuerdo, se han producido distintas
modificaciones de la estructura organizativa del Banco de España, acordadas por la
Comisión Ejecutiva, orientadas a reforzar las capacidades institucionales y a avanzar
hacia un modelo organizativo más ágil y flexible. Entre ellas, destaca por su alcance la
reorganización aprobada en la sesión de 26 de mayo de 2025, que supuso la creación,
supresión y reordenación de unidades organizativas, la redefinición de funciones y la
reasignación de responsabilidades funcionales y operativas.
En el marco de dicha reorganización, se acordó, entre otros, la integración de
funciones similares en el ámbito de la supervisión de pagos, que estaban distribuidas
entre la Dirección General de Operaciones, Mercados y Sistemas de Pago y la Dirección
General de Supervisión, con el objetivo de evitar el solapamiento de competencias. De
este modo, determinadas funciones y actuaciones de naturaleza supervisora que hasta
ese momento se venían desarrollando en la Dirección General de Operaciones,
Mercados y Sistemas de Pago pasaron a integrarse en la Dirección General de
Supervisión, reforzando la concentración funcional de las potestades supervisoras y
clarificando los respectivos ámbitos de actuación. Lo anterior aconseja revisar y adaptar
el vigente régimen de delegación de competencias de la Comisión Ejecutiva a este
nuevo esquema organizativo.
Por otra parte, se ha identificado la conveniencia de realizar algunas mejoras
técnicas dirigidas a adecuar el alcance de determinadas delegaciones a las necesidades
de la práctica administrativa y al marco regulatorio aplicable. Estos cambios persiguen
mejorar la eficiencia, eficacia y economía en la actuación de los órganos de gobierno de
la institución, en particular de la Comisión Ejecutiva, en línea con los principios generales
aplicables a las entidades públicas.
Por último, en el marco de la revisión realizada se ha puesto de manifiesto la
necesidad de realizar algunos ajustes para garantizar la coherencia interna del texto, y
de actualizar las denominaciones de diferentes unidades organizativas para acomodarlas
al organigrama actualmente vigente.
Todo lo anterior aconseja realizar una revisión integral del vigente régimen de
delegación de competencias de la Comisión Ejecutiva del Banco de España y establecer
un nuevo acuerdo que garantice una mayor seguridad jurídica.
Conforme a lo expuesto, la Comisión Ejecutiva del Banco de España, en su sesión
de 23 de marzo de 2026, de acuerdo con lo previsto en el artículo 68 en relación con
el 60, ambos del Reglamento Interno del Banco de España, aprobado por Resolución del
Consejo de Gobierno de 28 de marzo de 2000, ha acordado el siguiente régimen de
delegación de competencias, dejando sin efecto el establecido por ese mismo órgano
el 5 de diciembre de 2024 (BOE de 17 de diciembre de 2024).

cve: BOE-A-2026-7341
Verificable en https://www.boe.es

7341

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