Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 03-04-2026
Ministerio Del Interior. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-7616)
Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Iznalloz, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Iznalloz, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.Núm. 82
Viernes 3 de abril de 2026
Sec. III. Pág. 49559
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
7616
Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el
Ayuntamiento de Iznalloz, para la incorporación de los Cuerpos de Policía
Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de
Género.
Habiéndose suscrito el 20 de marzo de 2026 el Convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Iznalloz para la incorporación de los Cuerpos
de Policía Locales al «Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de
Género», procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio
que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 25 de marzo de 2026.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Iznalloz
para la incorporación del Cuerpo de Policía Local al «Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género (Sistema VioGén)»
Madrid, a 20 de marzo de 2026.
REUNIDOS
De una parte, doña Ana María Calvo Sastre, Secretaria de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrada por Real Decreto 435/2025, de 3 de junio, al amparo de
lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle
Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Carlos Romero López, Alcalde del Ayuntamiento de Iznalloz (en
adelante, el Ayuntamiento), nombrado por acuerdo de Pleno de fecha 17 de junio
de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las atribuciones
que le confiere el artículo 21.a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente convenio en Plaza de
la Constitución, n.º 7 de Iznalloz.
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
cve: BOE-A-2026-7616
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto
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