Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-04-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Documentación administrativa. (BOE-A-2026-7766)
Resolución de 24 de marzo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se aprueban calendarios de conservación de series documentales, comunes y específicas, custodiadas por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
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Resolución de 24 de marzo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se aprueban calendarios de conservación de series documentales, comunes y específicas, custodiadas por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.Núm. 84
Lunes 6 de abril de 2026
Sec. III. Pág. 50155
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Resolución de 24 de marzo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se
aprueban calendarios de conservación de series documentales, comunes y
específicas, custodiadas por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, establece, en su
artículo 49.2, que una parte integrante del mismo es el patrimonio documental,
constituido por los documentos de cualquier época generados, conservados o reunidos
en el ejercicio de sus funciones, por cualquier organismo o entidad de carácter público.
Por otra parte, dicha norma exige a todos los poseedores que custodian bienes
del patrimonio documental y bibliográfico que garanticen su conservación y protección,
su destino a un uso que no impida su conservación y su mantenimiento en lugares
adecuados, así como que se recabe autorización de la administración competente para
excluir o eliminar todo o parte de los bienes del patrimonio documental contemplado
en el artículo 49.2 y de los demás de titularidad pública. No obstante, el artículo 55.2
contempla que en ningún caso se podrán destruir tales documentos en tanto subsista su
valor probatorio de derechos y obligaciones de las personas o los entes públicos.
La Ley 16/1985, de 25 de junio, ha sido desarrollada, entre otras normas, por el Real
Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio
documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la
Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de
documentos administrativos en soporte distinto al original, y el Real Decreto 1401/2007,
de 29 de octubre, por el que se regula la composición, funcionamiento y competencias
de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos (en adelante CSCDA),
que establecen el procedimiento para la eliminación de documentación perteneciente al
patrimonio.
El artículo 58 de la citada Ley 16/1985, de 25 de junio, crea la CSCDA como órgano
encargado del estudio y dictamen de las cuestiones relativas a la calificación y utilización
de los documentos de la Administración del Estado y del sector público estatal, su
integración en los archivos y el régimen de acceso e inutilidad administrativa de tales
documentos.
Por su parte, el Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece
el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración
General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso, se determina
la adscripción de la CSCDA y su cometido en el marco del Sistema de Archivos de la
Administración General del Estado.
En la reunión plenaria de 16 de octubre de 2012 de la CSCDA se creó el Grupo
de Trabajo de Valoración de Series y Funciones Comunes de la Administración General
del Estado, siguiendo lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 1401/2007, de 29 de
octubre. El cometido de este grupo es la realización de estudios comparativos de series
complementarias y paralelas de los distintos organismos y su ubicación, con el fin de
elaborar propuestas de conservación, eliminación y calendarios de conservación.
Además, en lo que al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes se refiere, se ha de observar lo establecido en la Orden de 24 de abril de 1997,
por la que se regula el acceso al Archivo Central del Ministerio de la Presidencia, y la
Orden JUS/439/2018, de 26 de abril, por la que se crea y regula el Sistema Archivístico
del Ministerio de Justicia y de sus Organismos Públicos vinculados o dependientes.
cve: BOE-A-2026-7766
Verificable en https://www.boe.es
7766
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