Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 10-04-2026
Comunidad Autónoma de Cantabria. . III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2026-8070)
Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de incoación de procedimiento para la declaración de la Casa de Concha Espina, situada en el término municipal de Mazcuerras, como bien de interés cultural, con la categoría de lugar cultural.
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Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de incoación de procedimiento para la declaración de la Casa de Concha Espina, situada en el término municipal de Mazcuerras, como bien de interés cultural, con la categoría de lugar cultural.Núm. 88
Viernes 10 de abril de 2026
Sec. III. Pág. 51988
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
8070
Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Dirección General de Cultura y
Patrimonio Histórico, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de
incoación de procedimiento para la declaración de la Casa de Concha
Espina, situada en el término municipal de Mazcuerras, como bien de interés
cultural, con la categoría de lugar cultural.
Con fecha 12 de marzo de 2026 se recibe solicitud del Ayuntamiento de Mazcuerras
de declaración de Bien de Interés Cultural, de la Casa de Concha Espina, ubicada en el
término municipal de Mazcuerras.
Vista la Resolución de fecha 17 de marzo de 2026, por la que se ordena la
tramitación de expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, de la Casa de
Concha Espina, ubicada en el término municipal de Mazcuerras.
En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 5/2018, de
Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de
la Comunidad Autónoma de Cantabria,
Este Servicio de Patrimonio Cultural, resuelve:
Primero.
Incoar el expediente para la declaración de la Casa de Concha Espina, ubicada en el
término municipal de Mazcuerras, como Bien de Interés Cultural, con la categoría de
Lugar Cultural.
Segundo.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 y 51 de la Ley 11/1998, de 13 de
octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, se propone describir el bien y delimitar y
justificar el entorno de protección del mismo, conforme figura en el anexo que se adjunta
a la propuesta de resolución de incoación de procedimiento.
Tercero.
Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.
Dar traslado de la resolución, conforme al artículo 17.2 de la Ley 11/1998, de 13 de
octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, al Ayuntamiento de Mazcuerras, y hacerle
saber que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la precitada ley, toda actuación
urbanística en el entorno de protección, incluyendo los cambios de uso, en tanto no se
haya aprobado la figura urbanística de protección del mismo, deberá ser aprobada por la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. Será igualmente preceptiva la autorización de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la colocación de elementos
publicitarios e instalaciones aparentes en el entorno de protección.
Quinto.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 17.2 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre,
de Patrimonio Cultural de Cantabria, se notifique esta resolución a los interesados, a los
efectos oportunos, y hacerles saber que, de acuerdo con el artículo 17.4 de la misma ley,
la iniciación de un procedimiento para la declaración de Bien de Interés Cultural
cve: BOE-A-2026-8070
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
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