Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 14-04-2026

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Boletín Oficial del Estado
14/04/2026

Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . III. Otras disposiciones. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2026-8261)

Resolución de 6 de abril de 2026, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se modifica la de 14 de enero de 2026, por la que se convocan pruebas de idoneidad profesional para la obtención de los títulos de Piloto de Segunda, Oficial de Máquinas de Segunda, Oficial Radioelectrónico de Segunda y Oficial Electrotécnico de la marina mercante para el año 2026.

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Contenido de la primera página

Resolución de 6 de abril de 2026, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se modifica la de 14 de enero de 2026, por la que se convocan pruebas de idoneidad profesional para la obtención de los títulos de Piloto de Segunda, Oficial de Máquinas de Segunda, Oficial Radioelectrónico de Segunda y Oficial Electrotécnico de la marina mercante para el año 2026.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91

Martes 14 de abril de 2026

Sec. III. Pág. 53049

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
8261

Resolución de 6 de abril de 2026, de la Dirección General de la Marina
Mercante, por la que se modifica la de 14 de enero de 2026, por la que se
convocan pruebas de idoneidad profesional para la obtención de los títulos de
Piloto de Segunda, Oficial de Máquinas de Segunda, Oficial Radioelectrónico
de Segunda y Oficial Electrotécnico de la marina mercante para el año 2026.

Primero. Modificación de la Resolución de 14 de enero de 2026, de la Dirección
General de la Marina Mercante, por la que se convocan pruebas de idoneidad
profesional para la obtención de los títulos de Piloto de Segunda, Oficial de Máquinas
de Segunda, Oficial Radioelectrónico de Segunda y Oficial Electrotécnico de la
marina mercante para el año 2026.
La Resolución de 14 de enero de 2026, de la Dirección General de la Marina
Mercante, por la que se convocan pruebas de idoneidad profesional para la obtención de
los títulos de Piloto de Segunda, Oficial de Máquinas de Segunda, Oficial

cve: BOE-A-2026-8261
Verificable en https://www.boe.es

El 29 de enero de 2026 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Resolución
de 14 de enero de 2026, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se
convocan pruebas de idoneidad profesional para la obtención de los títulos de Piloto de
Segunda, Oficial de Máquinas de Segunda, Oficial Radioelectrónico de Segunda y Oficial
Electrotécnico de la marina mercante para el año 2026.
Entre otros requisitos previos a la expedición de los títulos profesionales de la marina
mercante regulados en los artículos 14, 20, 21 y 26 del Real Decreto 269/2022, de 12 de
abril, por el que se regulan los títulos profesionales y de competencia de la Marina
Mercante, los aspirantes a los títulos de Piloto de Segunda Clase, Oficial de Máquinas de
Segunda Clase, Oficial Electrotécnico y Oficial Radioelectrónico de Segunda Clase de la
Marina Mercante deben superar las correspondientes pruebas de idoneidad profesional
para ejercer a bordo de los buques mercantes.
Asimismo, el Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, establece en la sección 2.ª de
su capítulo III (artículos 36 a 41) y en su anexo I, el régimen aplicable a los periodos de
embarco exigidos para la expedición de títulos y tarjetas profesionales de la Marina
Mercante. En particular, su artículo 37.2 faculta al Director General de la Marina
Mercante para aprobar, mediante resolución, la realización de periodos de embarco,
hasta un máximo de la mitad del total requerido, en buques mercantes de navegación
interior –entendidos como aquellos dedicados a navegar íntegramente dentro de aguas
interiores marítimas, con exclusión de los que lo hagan íntegramente dentro de las aguas
de un determinado puerto– y otros buques civiles, ya sean de navegación interior o no.
Para acceder a las pruebas de idoneidad convocadas para el año 2026, entre otros
requisitos, el alumno debe haber terminado las prácticas estipuladas en los citados
artículos y haberle sido admitidas conforme al artículo 55 del Real Decreto 269/2022,
de 12 de abril. En este sentido, esta resolución unifica las normas de admisión de
prácticas validas en lo que se refiere a los periodos de embarco en buques de
navegación interior exigidos y que los tribunales deben tener en cuenta.
Por lo anterior, de acuerdo con la sección 4.ª del del capítulo III del Real
Decreto 269/2022, de 12 de abril, y de conformidad con su disposición final séptima,
Esta Dirección General ha resuelto establecer determinados requisitos para la
admisión a las pruebas de idoneidad conducentes a la obtención de los títulos de Piloto
de Segunda Clase, Oficial de Máquinas de Segunda Clase, Oficial Electrotécnico y
Oficial Radioelectrónico de Segunda Clase de la Marina Mercante.
En su virtud resuelvo,

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