Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 14-04-2026
Ministerio de Juventud E Infancia. . I. Disposiciones generales. Procedimientos administrativos. Gestión informatizada. (BOE-A-2026-8217)
Resolución de 7 de abril de 2026, de la Subsecretaría, por la que se crea el sello electrónico de la Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia.
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Resolución de 7 de abril de 2026, de la Subsecretaría, por la que se crea el sello electrónico de la Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia.Núm. 91
Martes 14 de abril de 2026
Sec. I. Pág. 52783
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA
8217
Resolución de 7 de abril de 2026, de la Subsecretaría, por la que se crea el
sello electrónico de la Dirección General de Derechos de la Infancia y de la
Adolescencia.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, prevé en
su artículo 40 el uso por parte de las Administraciones Públicas de sellos electrónicos
basados en certificados electrónicos cualificados que reúnan los requisitos exigidos por
la legislación de firma electrónica, para la identificación y la autenticación del ejercicio de
la competencia en la actuación administrativa automatizada.
Por otra parte, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos,
establece en su artículo 19.3 que, en el ámbito estatal, la creación de sellos electrónicos
se realizará mediante Resolución de la persona titular de la Subsecretaría del Ministerio
o de la persona titular de la Presidencia o de la Dirección del organismo público o
entidad de derecho público vinculado o dependiente, que se publicará en la sede
electrónica o sede electrónica asociada correspondiente. Adicionalmente, se regula en el
mencionado precepto el contenido que, como mínimo, deberá constar en dicha
resolución.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.3 del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, resuelvo:
Primero. Creación del sello electrónico de la Dirección General de Derechos de la
Infancia y de la Adolescencia.
Se crea el sello electrónico de la Dirección General de Derechos de la Infancia y de
la Adolescencia, órgano directivo dependiente de la Secretaría de Estado de Juventud e
Infancia y al que le corresponde su titularidad.
Características del sello electrónico.
1. La responsabilidad de su utilización y custodia corresponde a la mencionada
Dirección General.
2. El tipo de certificado es «Certificado de sello electrónico para procesos
automatizados» emitido por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre–Real Casa de la
Moneda (FNMT–RCM).
3. Las características técnicas generales del sistema de firma y certificado aplicable
son las que constan en la «Declaración de Prácticas de Certificación» aprobada por la
Fábrica Nacional de Moneda y Timbre–Real Casa de la Moneda, que puede ser objeto
de consulta en su dirección web https://www.sede.fnmt.gob.es/normativa/declaracion-depracticas-de-certificacion.
4. El servicio de validación para la verificación de los certificados de sello
electrónico será VALIDE, siendo accesible desde la dirección electrónica: https://
valide.redsara.es/
Tercero.
Utilización.
1. El sello electrónico se utilizará en la actividad administrativa automatizada de la
Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia del Ministerio de
Juventud e Infancia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2026-8217
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
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