Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 15-04-2026
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Pesca marítima. (BOE-A-2026-8352)
Resolución de 9 de abril de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 10 de enero de 2026, por la que se distribuye la cuota de España 2026 de besugo («Pagellus bogaraveo») SBR/678-, alfonsinos («Beryx spp») ALF/3X14- y de sable negro («Aphanopus carbo») BSF/8910-, entre las flotas del caladero nacional (zonas 8C y 9A) y las flotas que operan en aguas de la NEAFC, y se establecen medidas de ordenación de la pesquería.
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Resolución de 9 de abril de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 10 de enero de 2026, por la que se distribuye la cuota de España 2026 de besugo («Pagellus bogaraveo») SBR/678-, alfonsinos («Beryx spp») ALF/3X14- y de sable negro («Aphanopus carbo») BSF/8910-, entre las flotas del caladero nacional (zonas 8C y 9A) y las flotas que operan en aguas de la NEAFC, y se establecen medidas de ordenación de la pesquería.Núm. 92
Miércoles 15 de abril de 2026
Sec. III. Pág. 53576
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
8352
Resolución de 9 de abril de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se modifica la de 10 de enero de 2026, por la que se distribuye la cuota
de España 2026 de besugo («Pagellus bogaraveo») SBR/678-, alfonsinos
(«Beryx spp») ALF/3X14- y de sable negro («Aphanopus carbo») BSF/8910-,
entre las flotas del caladero nacional (zonas 8C y 9A) y las flotas que operan
en aguas de la NEAFC, y se establecen medidas de ordenación de la
pesquería.
Antecedentes y fundamentos de Derecho
Mediante la Resolución de 10 de enero de 2026, de la Secretaría General de Pesca,
por la que se distribuye la cuota de España 2026 de besugo (Pagellus bogaraveo)
SBR/678-, alfonsinos (Beryx spp) ALF/3X14- y de sable negro (Aphanopus carbo)
BSF/8910-, entre las flotas del caladero nacional (zonas 8C y 9A) y las flotas que operan
en aguas de la NEAFC, y se establecen medidas de ordenación de la pesquería, se
publicó en el anexo I el reparto de las cuotas de besugo (SBR/678-), alfonsinos
(ALF/3X14-) y de sable negro (BSF/8910-) una vez deducido el 3 % de retención para
compensar posibles rebasamientos de cuota, entre las flotas de los censos del caladero
nacional que operan en las zonas CIEM 8c y 9a y las flotas que operan en aguas
internacionales y de la Unión en función de la proporción de capturas desembarcadas en
los cuatro últimos años por las flotas en cada una de las unidades de gestión, que en el
caso del besugo y los alfonsinos es exclusivamente para capturas accesorias.
Asimismo, se establecieron topes de captura diarios y semanales para los tres
stocks, que podrán ser revisados en función de la evolución del consumo de cuota en
cada una de las unidades de gestión descritas en el anexo I.
Una vez se ha producido el cierre del ejercicio 2025, se ha revisado el reparto por
unidades de gestión en base a los datos de los años 2022, 2023, 2024 y 2025 para dar
cumplimiento a lo recogido en el artículo 2.2 de la Orden APA/115/2008, de 28 de enero,
por la que se establecen las condiciones de distribución de las cuotas asignadas
a España de determinadas especies profundas.
Por ello, procede modificar el anexo I de la Resolución de 10 de enero de 2026 tras
la revisión del reparto de unidades de gestión en base a los datos históricos de capturas
y desembarques correspondientes al periodo 2022, 2023, 2024 y 2025.
Se subsana, además, la referencia a la flexibilidad interanual de los alfonsinos
(ALF/3X14-) de la campaña anterior que se incorporará, si procede, a través de la web
Gestcuotas.
Sobre la base de lo anterior,
Esta Secretaría General de Pesca, una vez oído el sector interesado, resuelve:
Modificar el apartado primero de la Resolución de 10 de enero de 2026, quedando
como sigue:
«Publicar en el anexo I el reparto de las cuotas iniciales de España de besugo
(SBR/678-), alfonsinos (ALF/3X14-) y de sable negro (BSF/8910-) una vez
deducido el 3% de reserva para compensar posibles rebasamientos de cuota,
entre las flotas de los censos del caladero nacional que operan en las zonas
CIEM 8C y 9A y las flotas que operan en aguas internacionales y de la Unión en
cve: BOE-A-2026-8352
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 15-04-2026
Resolución de 9 de abril de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Ayuntamiento de Algorfa, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
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