Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 18-04-2026
Consejo General Del Poder Judicial. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Nombramientos. (BOE-A-2026-8479)
Real Decreto 314/2026, de 8 de abril, por el que se nombra Vocal Togado del Tribunal Militar Territorial Tercero de Barcelona al Teniente Coronel Auditor don Carlos Rozada Alonso.
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Real Decreto 314/2026, de 8 de abril, por el que se nombra Vocal Togado del Tribunal Militar Territorial Tercero de Barcelona al Teniente Coronel Auditor don Carlos Rozada Alonso.Núm. 95
Sábado 18 de abril de 2026
Sec. II.A. Pág. 54168
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
8479
Real Decreto 314/2026, de 8 de abril, por el que se nombra Vocal Togado del
Tribunal Militar Territorial Tercero de Barcelona al Teniente Coronel Auditor
don Carlos Rozada Alonso.
A propuesta del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, adoptada en su
reunión de 25 de marzo de 2026, y de conformidad con lo establecido en los
artículos 599.1.4.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, Poder Judicial, 47 de la Ley
Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción
Militar y 19 ter.3 y concordantes del Reglamento 1/2010, de 25 de febrero, por el que se
regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales,
Vengo en nombrar Vocal Togado del Tribunal Militar Territorial Tercero de Barcelona
al Teniente Coronel Auditor don Carlos Rozada Alonso en provisión de la vacante
producida en el indicado tribunal.
Contra esta disposición se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses
a partir del día siguiente a de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Pleno, en el plazo de
un mes contado a partir del día siguiente a su publicación. En este último caso, no se
podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el
recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Dado el 8 de abril de 2026.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
La Ministra de Defensa,
cve: BOE-A-2026-8479
Verificable en https://www.boe.es
MARGARITA ROBLES FERNÁNDEZ
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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