Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 18-04-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2026-8548)
Resolución de 8 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Generalidad de Cataluña, sobre transferencia de soluciones tecnológicas en materia de justicia.
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Resolución de 8 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Generalidad de Cataluña, sobre transferencia de soluciones tecnológicas en materia de justicia.Núm. 95
Sábado 18 de abril de 2026
Sec. III. Pág. 54334
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
8548
Resolución de 8 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Justicia, por
la que se publica el Convenio con la Generalidad de Cataluña, sobre
transferencia de soluciones tecnológicas en materia de justicia.
Con fecha 24 de marzo de 2026 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Generalidad de Cataluña, a través
del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, sobre transferencia de soluciones
tecnológicas en materia de justicia.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se resuelve proceder a su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado» figurando como anejo a esta resolución.
Madrid, 8 de abril de 2026.–El Secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo
Palacios.
ANEJO
Convenio entre el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
y la Generalidad de Cataluña, a través del Departamento de Justicia y Calidad
Democrática, sobre transferencia de soluciones tecnológicas en materia de justicia
REUNIDOS
Las partes, intervienen en nombre y representación de sus respectivas
Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente
atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente
para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen, y
al efecto
EXPONEN
Primero.
El Estado tiene competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia
conforme establece el artículo 149.1.5.ª de la Constitución Española.
cve: BOE-A-2026-8548
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don Manuel Olmedo Palacios, Secretario de Estado de Justicia,
nombrado mediante Real Decreto 949/2023 de 28 de noviembre, en nombre y
representación del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra parte, don Ramon Espadaler Parcerisas, Consejero de Justicia y Calidad
Democrática, nombrado mediante el Decreto 134/2024, de 11 de agosto (DOGC
núm. 9225, de 12 de agosto de 2024), que actúa en representación de la Administración
de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14
de diciembre, de Organización, Procedimiento y Régimen Jurídico de la Administración
de la Generalitat, y en virtud de la autorización que le ha sido conferida por Acuerdo del
Gobierno de 3 de marzo de 2026.
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