Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-04-2026
Consejo General Del Poder Judicial. . III. Otras disposiciones. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2026-9135)
Acuerdo de 7 de abril de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por la que se publica el Acuerdo de 13 de febrero de 2026, de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en relación con la Junta de Jueces/zas de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Vitoria-Gasteiz, sobre normas de reparto.
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Acuerdo de 7 de abril de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por la que se publica el Acuerdo de 13 de febrero de 2026, de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en relación con la Junta de Jueces/zas de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Vitoria-Gasteiz, sobre normas de reparto.Núm. 102
Lunes 27 de abril de 2026
Sec. III. Pág. 58670
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
9135
Acuerdo de 7 de abril de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por la que se publica el Acuerdo de 13 de febrero
de 2026, de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País
Vasco, en relación con la Junta de Jueces/zas de la Sección de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Vitoria-Gasteiz, sobre
normas de reparto.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 7
de abril de 2026, toma conocimiento del acuerdo adoptado por la Sala de Gobierno del
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en sesión de 13 de febrero de 2026, por el
que se aprueba lo acordado por la Junta de Jueces/zas de la Sección de lo Contenciosoadministrativo del Tribunal de Instancia de Vitoria-Gasteiz de fecha 5 de febrero de 2026
sobre normas de reparto, del siguiente tenor:
NORMAS DE REPARTO DE LOS JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
DE VITORIA-GASTEIZ
Según los acuerdos de Junta de Jueces de 25 de abril de 2024 (n.º 270/2025) y 29 de
abril de 2025 (n.º 326/2025)
1.
Sistema de reparto general.
El reparto de toda clase de asuntos, incluidos los recursos contencioso-electorales y
las medidas cautelarísimas, se realizará mediante turno sucesivo entre los Juzgados de
lo Contencioso-Administrativo n.º 1, 2, 3 y 4, conforme a los códigos 302, 303, 304, 305,
306, 307 y 308.
No existe exención de reparto alguna.
2. Reparto de medidas cautelarísimas (art. 135 LJCA) (Acuerdo Junta de
Jueces 326/2025, de 29 de abril de 2025).
A partir del 1 de septiembre de 2025, se suprime el sistema de guardias. Las
medidas cautelarísimas se reparten también sucesivamente entre los cuatro juzgados.
El día 1 de septiembre se turnó la primera al Juzgado contencioso n.º 3 siguiendo de
esta manera y por orden sucesivo el n.º 4, n.º 1, n.º 2…
Cuando la solicitud se presente con carácter previo a la demanda, se turnará
sucesivamente entre los juzgados.
El recurso posterior, que debe interponerse en el plazo de 10 días, se turnará al
mismo juzgado que conoció de la solicitud y se le computará conforme a su clase de
reparto.
4. Medidas sanitarias (art. 8.6.2 LJCA) y entradas e inspecciones (art. 8.6.3 LJCA)
(Acuerdo Junta de Jueces 29 de abril de 2025).
Estas medidas seguirán el mismo criterio de reparto sucesivo, al quedar sin efecto el
sistema de guardias.
cve: BOE-A-2026-9135
Verificable en https://www.boe.es
3. Medidas cautelarísimas previas a la demanda (art. 136.2 LJCA) (Acuerdo Junta
de Jueces 29 de abril de 2025).
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 27-04-2026
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