Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-04-2026
Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. . III. Otras disposiciones. Vivienda. (BOE-A-2026-9175)
Resolución de 23 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se publica la relación de zonas de mercado residencial tensionado que han sido declaradas en virtud del procedimiento establecido en el artículo 18 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, en el primer trimestre de 2026.
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Resolución de 23 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se publica la relación de zonas de mercado residencial tensionado que han sido declaradas en virtud del procedimiento establecido en el artículo 18 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, en el primer trimestre de 2026.Núm. 102
Lunes 27 de abril de 2026
Sec. III. Pág. 59149
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
9175
Resolución de 23 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Vivienda y
Agenda Urbana, por la que se publica la relación de zonas de mercado
residencial tensionado que han sido declaradas en virtud del procedimiento
establecido en el artículo 18 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el
derecho a la vivienda, en el primer trimestre de 2026.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 18.2.d) de la Ley 12/2023, de 24 de
mayo, por el derecho a la vivienda, con carácter trimestral, el Ministerio de Vivienda y
Agenda Urbana publicará una resolución en la que se recoja la relación de zonas de
mercado residencial tensionado que hayan sido declaradas en virtud del procedimiento
establecido en el artículo 18 de la referida norma.
De acuerdo con este marco legal, han sido comunicadas a este departamento las
siguientes declaraciones de zona de mercado residencial tensionado que han sido
aprobadas dentro del primer trimestre de 2026:
– Orden de 17 de febrero de 2026, del consejero de Vivienda y Agenda Urbana, por
la que se declara el municipio de Pasaia como zona de mercado residencial tensionado,
publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» el 26 de febrero de 2026.
– Orden de 17 de febrero de 2026, del consejero de Vivienda y Agenda Urbana, por
la que se declara el municipio de Zestoa como zona de mercado residencial tensionado,
publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» el 26 de febrero de 2026.
– Orden de 3 de marzo de 2026, del consejero de Vivienda y Agenda Urbana, por la
que se declara el municipio de Mondragón como zona de mercado residencial
tensionado, publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» el 12 de marzo de 2026.
a) El periodo de vigencia de las zonas de mercado residencial tensionado.
b) El reflejo de la definición particularizada de gran tenedor que se aplica en la zona
de acuerdo con lo indicado en la declaración, de modo complementario a la definición
general de gran tenedor de vivienda recogida en el artículo 3.k) de la Ley 12/2023, de 24
de mayo.
c) El reflejo, de acuerdo con lo dispuesto en cada declaración, de la aplicación en la
zona de la limitación prevista en el segundo párrafo del artículo 17.7 de la Ley 29/1994,
de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, a los contratos de arrendamiento de
vivienda en los que el inmueble se ubique en una zona de mercado residencial
tensionado dentro del periodo de vigencia de la declaración de la referida zona en los
términos dispuestos en la referida Ley 12/2023, de 24 de mayo, y sobre el que no
hubiese estado vigente ningún contrato de arrendamiento de vivienda vigente en los
últimos cinco años, de modo que en tal supuesto la renta pactada al inicio del nuevo
contrato no pueda exceder del límite máximo del precio aplicable conforme al sistema de
índices de precios de referencia atendiendo a las condiciones y características de la
vivienda arrendada y del edificio en que se ubique.
d) Enlaces a la publicación por parte de la Administración competente en materia
de vivienda de la memoria y la declaración prevista en el artículo 18.3 de la Ley 12/2023,
de 24 de mayo, o, en su defecto, en el portal en Internet del Ministerio de Vivienda y
Agenda Urbana.
cve: BOE-A-2026-9175
Verificable en https://www.boe.es
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 18.2.d) de la Ley 12/2023, de 24 de
mayo, se dicta la presente resolución donde se recogen los siguientes contenidos
derivados de las referidas declaraciones de zonas de mercado residencial tensionado
correspondientes al primer trimestre de 2026:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 27-04-2026
Resolución de 16 de abril de 2026, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombran Profesoras y Profesores Titulares de Universidad.
Resolución de 17 de abril de 2026, de la Universidad de Salamanca, por la que se nombra Catedrática de Universidad a doña María Jesús Sánchez Manzano.
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