Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 02-05-2026
Consejo General Del Poder Judicial. . III. Otras disposiciones. Tribunales de Instancia. (BOE-A-2026-9564)
Acuerdo de 21 de abril de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se dejan sin efecto los acuerdos de especialización de los antiguos Juzgados de Familia que constituyen la actual Sección de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo previsto en la disposición transitoria 7.ª de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en Materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia.
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Acuerdo de 21 de abril de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se dejan sin efecto los acuerdos de especialización de los antiguos Juzgados de Familia que constituyen la actual Sección de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo previsto en la disposición transitoria 7.ª de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en Materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia.Núm. 107
Sábado 2 de mayo de 2026
Sec. III. Pág. 61030
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
9564
Acuerdo de 21 de abril de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se dejan sin efecto los acuerdos de
especialización de los antiguos Juzgados de Familia que constituyen la actual
Sección de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia de Las
Palmas de Gran Canaria, conforme a lo previsto en la disposición transitoria
7.ª de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en Materia de
Eficiencia del Servicio Público de Justicia.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del
día 21 de abril de 2026, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.
Dejar sin efecto los acuerdos de especialización de los antiguos Juzgados de
Primera Instancia n.º 3, 5, 15 y 18 de Las Palmas de Gran Canaria (actuales plazas 1, 2,
3 y 4 de la Sección de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia de Las
Palmas de Gran Canaria) en virtud de lo previsto en la disposición transitoria 7.ª de la
Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en Materia de Eficiencia del Servicio
Público de Justicia, para que todas las plazas integradas en dicha Sección del T.I.
conozcan de las cuestiones que se susciten en materia de familia conforme lo previsto
en el artículo 86.5 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio.
Segundo.
Este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
cve: BOE-A-2026-9564
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 21 de abril de 2026.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial,
María Isabel Perelló Doménech.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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