Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-05-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-9858)
Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Fundación Estatal, Salud, Infancia y Bienestar Social, F.S.P.
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Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Fundación Estatal, Salud, Infancia y Bienestar Social, F.S.P.Núm. 110
Miércoles 6 de mayo de 2026
Sec. III. Pág. 62783
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
9858
Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la
Fundación Estatal, Salud, Infancia y Bienestar Social, F.S.P.
El Abogado General del Estado y la Directora de la Fundación Estatal, Salud, Infancia
y Bienestar Social, F.S.P., han suscrito un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 4 de mayo de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y la Fundación Estatal, Salud, Infancia y Bienestar Social, F.S.P.
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes en el artículo 8 d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre
delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados
créditos para gastos.
De otra parte, doña Irene Bernal Carcelén, actuando en nombre y representación de
la Fundación Estatal, Salud, Infancia y Bienestar Social, F.S.P., con domicilio social en
calle Sinesio Delgado, 6, pabellón 6, 28029 Madrid y NIF G82596701, en su condición
de Directora, representando a la entidad en virtud de los poderes que tiene otorgados
por la Comisión Permanente del Patronato de la Fundación CSAI y escriturados ante el
notario de Madrid don Luis Enrique García Labajo, el 7 de octubre de 2024, con número
de protocolo 1.981.
MANIFIESTAN
Que la Abogacía General del Estado es el centro directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus organismos
autónomos y a los órganos constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2026-9858
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 06-05-2026
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