Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-05-2026
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. . I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2026-9957)
Acuerdo internacional administrativo entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes del Reino de España y la Escuela de lenguas extranjeras de Nanjing en China para la creación de una sección bilingüe de español, hecho en Pekín y Nanjing el 14 de abril de 2026.
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Acuerdo internacional administrativo entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes del Reino de España y la Escuela de lenguas extranjeras de Nanjing en China para la creación de una sección bilingüe de español, hecho en Pekín y Nanjing el 14 de abril de 2026.Núm. 112
Viernes 8 de mayo de 2026
Sec. I. Pág. 63312
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
9957
Acuerdo internacional administrativo entre el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes del Reino de España y la Escuela de
lenguas extranjeras de Nanjing en China para la creación de una sección
bilingüe de español, hecho en Pekín y Nanjing el 14 de abril de 2026.
ACUERDO INTERNACIONAL ADMINISTRATIVO ENTRE EL MINISTERIO DE
EDUCACIÓN, FORMACION PROFESIONAL Y DEPORTES DEL REINO DE ESPAÑA
Y LA ESCUELA DE LENGUAS EXTRANJERAS DE NANJING EN CHINA PARA
LA CREACIÓN DE UNA SECCIÓN BILINGÜE DE ESPAÑOL
De una parte, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes del
Reino de España, en lo sucesivo, denominado el «Ministerio»,
Y, de otra, la Escuela de Lenguas Extranjeras de Nanjing, en lo sucesivo,
denominada la «Escuela»,
En lo sucesivo denominadas conjuntamente las «Partes»,
De conformidad con lo dispuesto en los artículos segundo y tercero del Convenio
de 7 de abril de 1981 de cooperación cultural, educativa y científica entre España y la
República Popular de China, firmado en Madrid,
Deseando impulsar la cooperación entre las Partes y alcanzar un mayor desarrollo
de las relaciones en el ámbito educativo,
Con el objetivo de garantizar la calidad de la Educación en las secciones bilingües de
español que funcionan en los centros educativos chinos y de establecer las pautas
relativas al funcionamiento de estas,
Las Partes han acordado lo siguiente:
Artículo 1.
Propósito del acuerdo.
El presente acuerdo tiene por objeto establecer el marco y las condiciones de
cooperación institucional entre las Partes para impulsar la enseñanza y estudio de la
lengua y cultura españolas a través del programa de Secciones Bilingües en la Escuela,
con el fin de fomentar una educación bilingüe y multicultural que prepare al alumnado
para el éxito futuro en diferentes campos: el personal, académico y profesional.
Artículo 2.
Compromisos de cooperación.
La cooperación básica entre el Ministerio y la Escuela se ejecutará a través de los
siguientes compromisos anuales:
El Ministerio se compromete a:
a) Asignar anualmente, en colaboración con la Escuela y tras el oportuno proceso
de selección mediante convocatoria pública, profesorado de nacionalidad española que
deberá estar en posesión de la titulación requerida por la normativa china en materia de
habilitación del profesorado. Asimismo, el profesorado seleccionado deberá contar
también con el requisito de un mínimo de dos (2) años de experiencia docente en la
enseñanza de idiomas como lengua extranjera. Dicho proceso de selección queda
condicionado a que exista la necesaria previsión y disponibilidad presupuestaria que
permita efectuar la correspondiente convocatoria en régimen de concurrencia
competitiva.
cve: BOE-A-2026-9957
Verificable en https://www.boe.es
1.
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