Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-05-2026
Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Empleo. (BOE-A-2026-10031)
Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se actualizan los módulos económicos para el cálculo de los costes financiables de la actividad formativa del ámbito laboral inherente al contrato de formación en alternancia.
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Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se actualizan los módulos económicos para el cálculo de los costes financiables de la actividad formativa del ámbito laboral inherente al contrato de formación en alternancia.Núm. 112
Viernes 8 de mayo de 2026
Sec. III. Pág. 63931
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección General del Servicio
Público de Empleo Estatal, por la que se actualizan los módulos económicos
para el cálculo de los costes financiables de la actividad formativa del ámbito
laboral inherente al contrato de formación en alternancia.
El Real Decreto 1065/2025 de 26 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen
del contrato formativo, previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre,
en su artículo 19.1 establece que las empresas podrán financiar el coste de la actividad
formativa del ámbito laboral inherente al contrato de formación en alternancia mediante
bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, con cargo a la
correspondiente partida prevista en el presupuesto del Servicio Público de Empleo
Estatal; y añade que mediante orden ministerial de la persona titular del Ministerio de
Trabajo y Economía Social se establecerá el módulo económico al que se refiere el
artículo 26.1 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en
materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las
personas artistas, así como los trámites y requisitos que deberán cumplir los centros que
impartan la formación y las empresas que se apliquen las citadas bonificaciones.
Conforme a la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1065/2025, de 26
de noviembre, hasta tanto no entre en vigor la citada orden ministerial serán de
aplicación, salvo en los aspectos que resulten incompatibles con lo dispuesto en el
artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el
mencionado real decreto, los artículos 8, 9 y 10 de la Orden ESS/2518/2013, de 26
de diciembre, por la que se regulan los aspectos formativos del contrato para la
formación y el aprendizaje, en desarrollo del Real Decreto 1529/2012, de 8
de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se
establecen las bases de la formación profesional dual.
El artículo 8 de la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, establece que los
costes financiables de la formación en el citado contrato se calcularán de acuerdo con
los módulos económicos fijados en la misma por participante y hora de formación; es
decir, 8 euros en la modalidad presencial y 5 euros en la modalidad a distancia/
teleformación; y añade que estos módulos económicos se podrán actualizar por
resolución del titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal.
Dado el tiempo transcurrido desde que se aprobó la citada orden ministerial sin que
se hayan actualizado los módulos económicos indicados, resulta necesaria su
actualización para asegurar la calidad de la formación en alternancia y la adecuada
aplicación del sistema de financiación previsto en el artículo 26.1 del Real
Decreto‑ley 1/2023, de 10 de enero.
Para ello, mediante la presente orden se incrementan las cuantías de los módulos
económicos en base al porcentaje de variación experimentado por el IPC entre
diciembre 2013 y diciembre 2025 (26,7 %, según el INE).
cve: BOE-A-2026-10031
Verificable en https://www.boe.es
10031
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 08-05-2026
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