Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 12-05-2026
Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2026-10318)
Resolución de 30 de abril de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de modificación de condiciones de la declaración de impacto ambiental del proyecto «Nueva subestación Moreruela 400 KV y línea aérea de transporte de energía eléctrica 400 KV, doble circuito, entrada y salida en la subestación Moreruela 400 KV, de la línea a 400 KV Grijota-Villarino 2, en Moreruela de los Infanzones (Zamora)».
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Resolución de 30 de abril de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de modificación de condiciones de la declaración de impacto ambiental del proyecto «Nueva subestación Moreruela 400 KV y línea aérea de transporte de energía eléctrica 400 KV, doble circuito, entrada y salida en la subestación Moreruela 400 KV, de la línea a 400 KV Grijota-Villarino 2, en Moreruela de los Infanzones (Zamora)».Núm. 115
Martes 12 de mayo de 2026
Sec. III. Pág. 65800
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
10318
Resolución de 30 de abril de 2026, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, de modificación de condiciones de la declaración de
impacto ambiental del proyecto «Nueva subestación Moreruela 400 KV y
línea aérea de transporte de energía eléctrica 400 KV, doble circuito, entrada
y salida en la subestación Moreruela 400 KV, de la línea a 400 KV GrijotaVillarino 2, en Moreruela de los Infanzones (Zamora)».
Antecedente de hecho
La declaración de impacto ambiental del proyecto «Nueva subestación
Moreruela 400 KV y línea aérea de transporte de energía eléctrica 400 KV, doble circuito,
entrada y salida en la subestación Moreruela 400 KV, de la línea a 400 KV GrijotaVillarino 2, en Moreruela de los Infanzones (Zamora)» es dictada mediante Resolución
de 26 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y publicada en
el «Boletín Oficial del Estado» de 17 de julio de 2025.
Con fecha 22 de octubre de 2025, tiene entrada en esta Dirección General escrito de
Red Eléctrica de España, SA (REE) en virtud del que solicita se inicien los trámites
contemplados en el artículo 44 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, para la modificación de la declaración de impacto ambiental del proyecto.
La citada declaración de impacto ambiental establece, entre otras, la siguiente
condición número 18:
REE solicita suprimir la siguiente parte de la redacción de la mencionada condición
número 18:
«…Por ello, no se otorgarán permisos de conexión a la Subestación de Moreruela a
proyectos de generación de energía renovable que pretendan construirse dentro de las
zonas de exclusión. Esta condición solo aplica a las instalaciones de generación, no a
sus tendidos eléctricos de evacuación.»
El promotor justifica la petición en una serie de fundamentos jurídicos, técnicos y
operativos. Desde el punto de vista jurídico, señala que la inclusión de este criterio en la
cve: BOE-A-2026-10318
Verificable en https://www.boe.es
«(18) En el otorgamiento de permisos de acceso y conexión de instalaciones de
generación de energía renovable a la Subestación de Moreruela, el promotor tendrá en
cuenta las zonas de exclusión para este tipo de instalaciones establecidas en virtud del
artículo 13 del Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas
urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la
actividad económica de la Comunidad de Castilla y León. En dichas zonas, estas
instalaciones resultan incompatibles por motivos ambientales; en conexión con el
apartado 1.b) del anexo II “Criterios para evaluar la viabilidad de conexión” de la
Circular 1/2021, de 20 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la
conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de producción de
energía eléctrica. Por ello, no se otorgarán permisos de conexión a la Subestación de
Moreruela a proyectos de generación de energía renovable que pretendan construirse
dentro de las zonas de exclusión. Esta condición solo aplica a las instalaciones de
generación, no a sus tendidos eléctricos de evacuación.»
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 12-05-2026
Orden ECM/453/2026, de 7 de mayo, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección «Personajes de Francisco Ibáñez».
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