Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 15-05-2026
Ministerio de Juventud E Infancia. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-10598)
Resolución de 27 de abril de 2026, del Instituto de la Juventud, por la que se publica el Convenio con la Fundació Institut Confuci de Barcelona, para la adopción de determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven Europeo.
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Resolución de 27 de abril de 2026, del Instituto de la Juventud, por la que se publica el Convenio con la Fundació Institut Confuci de Barcelona, para la adopción de determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven Europeo.Núm. 118
Viernes 15 de mayo de 2026
Sec. III. Pág. 67512
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA
10598
Resolución de 27 de abril de 2026, del Instituto de la Juventud, por la que se
publica el Convenio con la Fundació Institut Confuci de Barcelona, para la
adopción de determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven
Europeo.
Con fecha 16 de abril de 2026 se ha suscrito el Convenio entre el Instituto de la
Juventud del Ministerio de Juventud e Infancia y la Fundació Institut Confuci de
Barcelona para la adopción de determinados beneficios para los usuarios del Carné
Joven Europeo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal
de Instrumentos de Cooperación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 27 de abril de 2026.–La Directora General del Instituto de la Juventud,
Margarita del Cisne Guerrero Calderón.
ANEXO
Convenio entre el organismo autónomo Instituto de la Juventud y la Fundació
Institut Confuci de Barcelona para la adopción de determinados beneficios
para los usuarios del Carné Joven Europeo
En Madrid, a 16 de abril de 2026.
De una parte, doña Margarita del Cisne Guerrero Calderón, Directora General del
Instituto de la Juventud del Ministerio de Juventud e Infancia (en adelante, INJUVE) con
domicilio social en la calle de José Ortega y Gasset, 71, 28006 de Madrid, actuando en
nombre y representación de la misma en virtud del nombramiento efectuado por Real
Decreto 1123/2023, de 12 de diciembre (BOE de 13 de diciembre) y de las competencias
establecidas en el artículo 14 del Estatuto del organismo autónomo Instituto Juventud,
aprobado por Real Decreto 608/2025, de 8 de julio (BOE núm. 184 de 1 de agosto) por el
que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de la Juventud.
De otra, Sra. Gaëlle Patin Laloy y Sra. Wang Jinwei, en nombre y representación de
la Fundació Institut Confuci de Barcelona (en adelante, FICB), en su condición de
codirectoras. La entidad se encuentra provista de NIF G-65442014 y domicilio social en
calle Elisabets, núm. 10 Interior, 08001 Barcelona. Está inscrita en el Registro de
Fundaciones de la Generalidad de Cataluña con el número 2.669. Las codirectoras están
debidamente facultadas para este otorgamiento en virtud de los poderes otorgados por el
notario de Barcelona, Sr. Manuel Piquer Belloch en fecha 11 de julio de 2024 y en
fecha 24 de enero de 2025, respectivamente.
cve: BOE-A-2026-10598
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
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