Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 16-05-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-10619)
Resolución de 26 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Rivas Vaciamadrid a rectificar la inscripción de la representación gráfica georreferenciada de una finca, solicitada por un colindante, por omitir la constitución de una servidumbre de acueducto.
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Resolución de 26 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Rivas Vaciamadrid a rectificar la inscripción de la representación gráfica georreferenciada de una finca, solicitada por un colindante, por omitir la constitución de una servidumbre de acueducto.Núm. 119
Sábado 16 de mayo de 2026
Sec. III. Pág. 67691
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
10619
Resolución de 26 de diciembre de 2025, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Rivas Vaciamadrid a rectificar la inscripción
de la representación gráfica georreferenciada de una finca, solicitada por un
colindante, por omitir la constitución de una servidumbre de acueducto.
En el recurso interpuesto por don J. A. P. S., doña I. y don J. J. A. S. y doña M. R. C.
contra la negativa del registrador de la Propiedad de Rivas Vaciamadrid, don Juan
Manuel Llopis Giner, a rectificar la inscripción de la representación gráfica
georreferenciada de una finca, solicitada por un colindante, por omitir la constitución de
una servidumbre de acueducto.
Hechos
I
Practicada la inscripción de la representación gráfica georreferenciada de la
registral 8.966 del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, el día 10 de septiembre
de 2025 se presentó en el Registro de la Propiedad de Rivas Vaciamadrid, escrito
suscrito por doña R. S. V. en el que, como titular de la registral 5.582, la cual se
encuentra gravada por una servidumbre de acueducto, solicita que se rectifique el
asiento ya practicado en el sentido de excluir la zona gravada por el citado derecho real
limitativo, por ser de su propiedad.
II
A resultas del escrito presentado, el registrador emitió nota de calificación
desfavorable, con los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
Primero. Conforme al artículo 201.3 de la Ley Hipotecaria, se ha notificado al
presentante, como colindante, la inscripción de la rectificación de superficie realizada en
la finca 8.966 de Velilla de San Antonio, CRU 28185001126877, con la siguiente
descripción literal: “Rústica: parcela de tierra en (…), hoy parcela 120 del Polígono 1,
antes parte de la parcela 99 y 9017 del polígono 1, en término de Velilla de San Antonio.
Tiene una superficie de ocho mil ciento treinta y tres metros cuadrados.–Linda: al Este,
finca denominada ‘segregada 4’, resultante de la misma finca matriz, que va a ser
transmitida a los cónyuges Don J. M. C. C. y Doña Y. M. P.; Sur, parcela 116 del
Polígono 1, de ‘Malle, S.A.’; Oeste, finca denominada ‘segregada 2’, resultante de la
misma finca matriz, que va a ser transmitida a los cónyuges Don J. C. A. y Doña M. E. T.,
los cónyuges Doña M. J. C. G. y D. S. A. y a los cónyuges J. C. G. y Doña M. J. R. C.; y
Norte, término de Mejorada del Campo, en la actualidad conforme al deslinde del
Instituto Geográfico Nacional, ratificado por los municipio de Velilla de San Antonio y
Mejorada del Campo. Segregada de la parcela 99 del Polígono 1.–Clasificación: Suelo
no urbanizable Especialmente Protegido.–Calificación: Zona ‘a’ del Suelo No Urbanizable
Especialmente Protegido”.–Esta finca se segrega de la finca 208.–” Y su representación
gráfica: “Coordenadas: (…)”
cve: BOE-A-2026-10619
Verificable en https://www.boe.es
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