Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 16-05-2026

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Boletín Oficial del Estado
16/05/2026

Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2026-10652)

Resolución de 30 de abril de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica el valor de la anualidad de la retribución por inversión (CIn) correspondiente a las instalaciones de categoría A de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares para el año 2026.

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Resolución de 30 de abril de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica el valor de la anualidad de la retribución por inversión (CIn) correspondiente a las instalaciones de categoría A de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares para el año 2026.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Sábado 16 de mayo de 2026

Sec. III. Pág. 67930

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 30 de abril de 2026, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se publica el valor de la anualidad de la
retribución por inversión (CIn) correspondiente a las instalaciones de
categoría A de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares para
el año 2026.

El artículo 24 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la
actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los
sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, establece que la Dirección General
de Política Energética y Minas aprobará anualmente el valor de la anualidad de la
retribución por inversión (CIn) correspondiente a cada una de las instalaciones categoría
A que tengan reconocido el régimen retributivo adicional para ese año. De acuerdo con
lo dispuesto en dicho artículo, la anualidad de la retribución por inversión está compuesta
de la retribución por amortización y la retribución financiera.
Asimismo, la disposición transitoria undécima del Real Decreto 738/2015, de 31 de
julio, establece en su apartado 3 que las instalaciones de producción de energía eléctrica
de categoría A que con anterioridad a la entrada en vigor de dicho real decreto tuvieran
reconocido su valor de la inversión, mantendrán a efectos retributivos dicho valor hasta
el final de su vida útil regulatoria. Adicionalmente, establece que el método de
amortización de la inversión de estas centrales se mantendrá hasta que finalice su vida
útil regulatoria de acuerdo con la normativa vigente con anterioridad a la entrada en vigor
del citado real decreto y partiendo de la amortización acumulada que tuvieran reconocida
a la entrada en vigor del mismo. Finalmente, señala que los valores correspondientes a
dichas centrales se recogen en el anexo XVI.
La norma que regulaba la amortización de la inversión de las instalaciones hasta la
entrada en vigor del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, era la Orden ITC/914/2006,
de 30 de marzo, por la que se establece el método de cálculo de la retribución de
garantía de potencia para las instalaciones de generación en régimen ordinario de los
sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares.
Por otra parte, en el cálculo de la retribución financiera, de acuerdo con el
artículo 27 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, se tendrá en consideración la
tasa de retribución financiera, que será revisada para cada periodo regulatorio en
virtud de lo dispuesto en los artículos 21 y 28 del meritado real decreto, abarcando el
tercer periodo regulatorio el comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de
diciembre de 2031.
De esta forma, la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 7/2026, de 20
de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente
Medio, fija la tasa de retribución financiera a aplicar a todas las instalaciones de los
sistemas eléctricos aislados de los territorios no peninsulares de categoría A que tengan
retribución por inversión durante el tercer periodo regulatorio en el 6,58 %.

cve: BOE-A-2026-10652
Verificable en https://www.boe.es

10652

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 16-05-2026

Universidades. . III. Otras disposiciones. Planes de estudios. (BOE-A-2026-10665)

Resolución de 1 de mayo de 2026, de la Universitat de València, por la que se publica la modificación del plan de estudios de Graduado o Graduada en Maestro/a en Educación Infantil.

Juzgados de Primera Instancia E Instrucción.IV. Administración de Justicia. Planes de estudios. (BOE-B-2026-15667)

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