Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 20-05-2026
Ministerio de Cultura. . III. Otras disposiciones. Patrimonio histórico. (BOE-A-2026-10869)
Orden CLT/490/2026, de 8 de mayo, por la que se otorga la garantía del Estado a 12 obras para su exhibición en la exposición temporal «Tiempos de paz y diplomacia. Diego y Constanza, condes de Gondomar», en el Museo Nacional de Escultura.
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Orden CLT/490/2026, de 8 de mayo, por la que se otorga la garantía del Estado a 12 obras para su exhibición en la exposición temporal «Tiempos de paz y diplomacia. Diego y Constanza, condes de Gondomar», en el Museo Nacional de Escultura.Núm. 122
Miércoles 20 de mayo de 2026
Sec. III. Pág. 69009
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
10869
Orden CLT/490/2026, de 8 de mayo, por la que se otorga la garantía del
Estado a 12 obras para su exhibición en la exposición temporal «Tiempos de
paz y diplomacia. Diego y Constanza, condes de Gondomar», en el Museo
Nacional de Escultura.
A petición de la Subdirección General de Museos Estatales.
De conformidad con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 1680/1991, de 15 de
noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado
para obras de interés cultural.
Vistos el acuerdo favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de
Bienes del Patrimonio Histórico Español, adoptado en su reunión plenaria del 14 de abril
de 2026, y los informes favorables de la Abogacía del Estado del Ministerio de Cultura
emitido con fecha del 29 de abril de 2026, y de la Subdirección General de la Oficina
Presupuestaria con fecha del 5 de mayo de 2026, y una vez fiscalizado de conformidad
por la Intervención Delegada en el Departamento.
De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y
Bellas Artes formulada el 6 de mayo de 2026, en cumplimiento del artículo 3 del Real
Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, dispongo:
Primero. Otorgamiento de la garantía del Estado.
Otorgar la garantía del Estado a las 12 obras que figuran en la solicitud de la
institución y se describen en el anexo de esta orden con el alcance, efectos y límites que
más adelante se expresan.
Segundo.
Objeto.
1. El Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o
daño de las obras que figuran en el anexo de esta orden, de acuerdo con el valor y las
condiciones expresadas en la solicitud de la institución.
2. Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser
comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura por la institución solicitante,
siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en
relación con el término alterado.
Cobertura de la garantía del Estado.
1. La garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a las 12 obras que figuran
en la solicitud de la institución y se describen en el anexo de esta orden, a los efectos de
su exhibición en la exposición temporal «Tiempos de paz y diplomacia. Diego y
Constanza, condes de Gondomar», que se celebrará en el Museo Nacional de Escultura,
con sede en la calle Cadenas de San Gregorio, s/n, CP 47011 de Valladolid, desde el 15
de octubre de 2026 al 14 de febrero de 2027.
2. El valor económico total de las obras cubiertas por la garantía del Estado
asciende a un millón cincuenta y nueve mil euros (1.059.000,00 €). A los efectos de esta
orden, se considerará que el valor individual de las obras es el que figura en la solicitud
de garantía del Estado.
3. Las cantidades no cubiertas por la garantía del Estado, según lo dispuesto en el
artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla la
cve: BOE-A-2026-10869
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
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