Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 20-05-2026
Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Gases de efecto invernadero. (BOE-A-2026-10867)
Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se determinan los valores medios nacionales de la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida en relación con la electricidad consumida por motocicletas y vehículos eléctricos.
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Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se determinan los valores medios nacionales de la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida en relación con la electricidad consumida por motocicletas y vehículos eléctricos.Núm. 122
Miércoles 20 de mayo de 2026
Sec. III. Pág. 68997
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Secretaría de Estado de Energía,
por la que se determinan los valores medios nacionales de la intensidad de
las emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida en
relación con la electricidad consumida por motocicletas y vehículos eléctricos.
El Real Decreto 235/2018, de 27 de abril, por el que se establecen métodos de
cálculo y requisitos de información en relación con la intensidad de las emisiones
de gases de efecto invernadero de los combustibles y la energía en el transporte; se
modifica el Real Decreto 1597/2011, de 4 de noviembre, por el que se regulan los
criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos, el Sistema Nacional de
Verificación de la Sostenibilidad y el doble valor de algunos biocarburantes a efectos de
su cómputo; y se establece un objetivo indicativo de venta o consumo de biocarburantes
avanzados, incorpora al ordenamiento jurídico nacional la Directiva (UE) 2015/652 del
Consejo, de 20 de abril de 2015, por la que se establecen métodos de cálculo y
requisitos de notificación de conformidad con dicha Directiva 98/70/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo.
El apartado 3 del artículo 3 del citado real decreto establece que, por resolución del
Secretario de Estado de Energía, se determinarán los valores medios nacionales de la
intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero por defecto durante el ciclo
de vida en relación con la electricidad consumida por motocicletas y vehículos eléctricos
según lo dispuesto en el punto 6 de la parte 2 del anexo. Dicho anexo establece que los
valores medios nacionales por defecto de las emisiones durante el ciclo de vida en
relación con la electricidad consumida por motocicletas y vehículos eléctricos se
establecerán con arreglo a las normas internacionales adecuadas.
De acuerdo con los últimos datos publicados por el Centro Común de Investigación de
la Comisión Europea, la intensidad media de las emisiones de carbono procedentes de la
electricidad consumida a baja tensión para España en 2015 fue de 402 gCO2eq/kWh.
No obstante, el mismo Centro prevé la posibilidad de aplicar un factor de mejora para
actualizar el anterior valor. Este factor se obtiene a partir de los datos informados a la
Comisión Europea con arreglo al Reglamento (UE) 525/2013 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 21 de mayo de 2013, relativo a un mecanismo para el seguimiento y la
notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero y para la notificación, a
nivel nacional o de la Unión, de otra información relevante para el cambio climático y por
el que se deroga la Decisión n.º 280/2004/CE.
Los datos reportados a la Comisión Europea en base al citado reglamento son
los presentados en el Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero
(GEI) (1990-2024), cuya última actualización recoge la información relativa al año 2024.
Aplicando el cociente entre el valor de la intensidad media de las emisiones de GEI
procedentes de la electricidad para el año 2024 y el año de referencia 2015, el factor de
mejora tiene un valor de 0,7206.
De acuerdo con lo anterior, se obtiene un valor nacional medio de la intensidad de las
emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida en relación con la
electricidad consumida por motocicletas y vehículos eléctricos de 290 gCO2eq/kWh
para 2024 al que se le aplica un factor de conversión de 3,6 MJ/kWh, con arreglo al
informe «Well-to-Wheels Report», versión 4.a (2014), publicado por el Centro Común de
Investigación de la Comisión Europea.
cve: BOE-A-2026-10867
Verificable en https://www.boe.es
10867
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 20-05-2026
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